El tribunal de la sección sexta de la Audiencia Provincial
de Cádiz en Ceuta ha absuelto a A.E.Z. de un presunto delito
contra los derechos de los ciudadanos extranjeros tras serle
aplicado el principio ‘in dubio pro reo’.
La mujer, mayor de edad y sin antecedentes penales, fue
detenida el pasado 8 de enero por funcionarios del Cuerpo
Nacional de Policía cuando intentaba embarcar con su
vehículo en el ferry de las 20.30 horas con destino a la
península llevando en el maletero a un marroquí, M.A., que
carecía de la documentación necesaria para su entrada y
permanencia en territorio español.
Según se recoge en la sentencia, la Sala, presidida por el
magistrado Fernando Tesón Martín, “tiene la duda razonable
de que, efectivamente, el inmigrante pudiera haberse
colocado en el interior del maletero sin que la conductora
del vehículo lo advirtiera”.
Esta duda se basa tanto en las declaraciones de la propia
acusada como en la testifical del inmigrante que, puestas en
contraste, no revelan contradicciones esenciales. De estos
testimonios se desprende que “con suficiente grado de
probabilidad”, ya fuera en el lugar cercano a la frontera
del Tarajal en que la acusada dice que paró por primera vez,
ya en la gasolinera cercana a la estación marítima, ante la
situación de encontrarse indispuesta y llevando consigo a
dos de sus hijos menores en el interior del coche, “saliera
del mismo en ambas ocasiones y, en un descuido y hallándose
el vehículo abierto, pudiera haberse introducido el
inmigrante en el interior del maletero para lo que, dada la
situación en que según el testigo policía se encontraba, no
necesitaba ayuda de nadie”.
El tribunal de la Audiencia Provincial tuvo en cuenta a la
hora de absolver a la mujer el hecho de que tanto en la zona
fronteriza como en la portuaria muchas personas
indocumentadas intentan aprovechar un descuido de los
responsables para esconderse sin ser advertidos en los
huecos de los vehículos a veces por sí mismos y a veces con
la ayuda de otras personas que nada tienen que ver con el
dueño y sus ocupantes. A este hecho hay que sumar la
reacción que tuvo la mujer al ser hallado el inmigrante que
según uno de los policías fue de “sorpresa y enfado”.
Todas estas circunstancias fueron tenidas en cuenta por el
tribunal y es por ello que la mujer fue declarada absuelta
de este delito así como de todas sus consecuencias legales
por lo que las costas procesales fueron declaradas de
oficio.
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