La sentencia que la Audiencia de Madrid ha dictado contra
tres policías que detuvieron a dos militantes del Partido
Popular tras la manifestación de la Asociación Victimas del
Terrorismo, en la que se vertieron gritos para increpar al
ex-Ministro de Defensa José Bono, ha suscitado serias
controversias entre los dos partidos políticos mas
importantes de la nación. Y después del conocimiento de los
hechos según se desprende de la sentencia citada en la que
quedan demostradas diversas evidencias como aquellas de si
se inventaron pruebas, se destruyeron otras, se practicaron
detenciones ilegales, se dio la orden de detener a los
militantes del PP y la significativa declaración del
Delegado del Gobierno de Madrid en la que “calculaba que
pronto habría identificaciones y detenciones”, se produce
por todo ello un conglomerado de hechos y actuaciones que,
aun procediendo a la lectura de los sesenta y un folios de
que consta, no llegamos a valorar en su exacta medida ni
considerar justas las penas a las que han sido condenados
los únicos profesionales de la sentencia, no de la trama, el
Comisario Jefe de la Brigada Provincial de Información, un
Inspector Jefe y un Inspector todos de la Policía Nacional:
nada menos que con cinco años y medio de cárcel, para el
primero; cinco años para el segundo y tres años para el
tercero, aparte de ocho años de inhabilitación y la
indemnización de doce mil euros a los ciudadanos que fueron
detenidos.
El criterio del Tribunal expresado en la sentencia dice algo
así de que “el mismo no tiene elementos para entender que la
conducta de los acusados en orden a las detenciones
analizadas fuesen sugeridas por instancias superiores a
ellos, pero sí tiene la leve sospecha de las previsiones o
vaticinios de que “pronto habrá identificaciones y
detenciones” ya mencionadas, pudieron haber influido en el
proceder de los acusados”
A nosotros, sin querer entrar a juzgar o valorar la decisión
de los jueces pero sintiendo y conociendo la responsabilidad
de los profesionales del Cuerpo Nacional de Policía, nos
extraña grandemente que no se hayan tenido en cuenta en la
apreciación de los delitos la “leve sospecha” eximente de la
orden emanada por los mandos superiores, todos políticos
que, estamos seguros, indujeron a la realización de los
hechos lo que ¿no hubiera podido también inducir a los
miembros de la Audiencia, a dictar una sentencia no tan
desmesurada, en una palabra: más benigna y nunca del grado
de la que hoy nos ocupa?.
Por último, si consideramos las declaraciones de políticos,
tanto del PSOE como del PP en las que nunca se pone en tela
de juicio la profesionalidad de los funcionarios de policía
(a nuestro entender porque no encuentran pruebas para ello)
y de que, como es lógico pensar, estas sentencias se
recurrirán ante superior instancia, estamos en la seguridad
de que por parte del alto Tribunal se rebajaran las penas y,
aun cuando se consideren los hechos probados, serán tenidas
en cuenta otras circunstancias atenuantes, que de hecho
tienen que existir, para la imposición de sanciones más
benignas y acordes, estimamos, con las consecuencias de los
delitos que se llevaron a cabo.
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