La Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios
Sociales convocó por resolución, el pasado ocho de febrero,
la concesión de subvenciones a personas con discapacidad
residentes en la Ciudad Autónoma de Ceuta y a beneficiarios
de centros estatales cuya titularidad corresponda al IMSERSO,
durante el año 2006.
Estas ayudas procedentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales pueden ser solicitadas, entre otros, por personas
individuales y organizaciones no gubernamentales.
Requisitos
Los requisitos varían dependiendo si el solicitante es una
persona individual o una entidad u organización no
gubernamental.
En el primer caso, los particulares con residencia habitual
en Ceuta y los beneficiarios de los centros estatales para
discapacitados del IMSERSO deberán reunir acreditación de un
grado de minusvalia igual o superior al 33%. No obstante los
particulares podrán solicitar subvenciones para
rehabilitación cuando, sin llegar al 33% del grado de
minusvalía, precisen a juicio del Equipo de Valoración y
Orientación, medidas que impidan o retrasen la evolución
favorable de la discapacidad.
También estará sometido a juicio del equipo de Valoración y
Orientación, la necesidad de recibir la subvención
solicitada.
El solicitante no podrá recibir en inferior cuantia la
subvención solicitada de otro organismo o entidad para la
misma finalidad, de la misma manera que el benificiario de
la ayuda tendrá que justificar ayudas recibidas en
ejercicios anteriores en caso de que las haya percibido y no
encontrarse en las prohibiciones para ser beneficiario de
subvenciones públicas.
En el caso de las ONG que concurran a las convocatorias
deberán estar legalmente constituidas y debidamente
inscritas en los registros administrativos que correspondan,
tener ámbito de actuación circunscrito a Ceuta, dedicarse
conforme a sus estatutos a la atención del colectivo de
personas con discapacidad, carecer de fin de lucro
considerándose también entidades sin fines de lucro aquellas
que desarrollen actividades de caracter comercial siempre
que los benificios resultantes de las mismas se inviertan en
su totalidad el el complimiento de fines institucionales no
comerciales, hallarse al corriente del cumplimiento de sus
obligaciones, acreditar que tienen suscrita póliza de
seguros de accidentes, enfermedad y responsabilidad cívil,
como disponer de medios para garantizar los objetivos.
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El plazo finaliza el próximo 9 de mayo
Las subvenciones tendrán
diferentes caracter en el caso de que vayan dirigidas a
personas físicas o a ONGs. En el caso de personas físicas
habrá subvenciones para rehabilitación, asistencia
especializada, desenvolvimiento personal, subvenciones
complementarias, como transporte, comedor o residencia,
subvenciones para actividades profesionales, tanto de
promoción profesional, como de recuperación profesional.
Para las ONGs existen subvenciones para mantenimiento de
centros y servicios, formación y perfeccionamiento del
personal trabajador y promoción y sostenimiento de
actividades. El plazo para solicitar las ayudas terminará el
próximo 9 de mayo.
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