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SUCESOS - VIERNES 17 DE MARZO DE 2006


vía urbana de ceuta. archivo.

tribunales / visto para sentencia
 

Hasta dos años de cárcel por amenazar con un arma

Un militar podría ser condenado a dos años de prisión por amenazar con su pistola a un motorista en 1998
 

CEUTA
Halid Mustafa
halidmustafa@elpueblodeceuta.com

En el juicio seguido contra P.D.G. militar profesional por un delito de amenazas y una falta de vejaciones, podría ser condenado a dos años de prisión y veinte días de multa.

La vista se celebró en audiencia pública ante el número dos de los Juzgados de lo Penal de la ciudad, el pasado jueves. Se juzga al acusado por unos hechos que sucedieron en mil novecientos noventa y ocho. La primera contradicción en la que incurrieron acusación y defensa fue en la localización temporal del día de autos. La acusación defiende que los hechos denunciados tuvieron lugar el día quince de mayo de mil novecientos noventa y ocho sobre las 18:30 horas, mientras que la defensa, que niega esta versión, declara que sucedieron a las 15:30 horas del veintisiete de marzo del mismo año.

El acusado declaró que circulaba con su vehículo, marca y modelo Ford Fiesta, con matrícula de Valladolid, por la calle Mendoza y que en el cruce con González Besada, quien hoy le acusa circulaba en sentido contrario por esta ultima calle con un ciclomotor ‘haciendo caballitos’. Que, consecuencia de ello, tuvo que girar bruscamente para evitar la colisión e hizo sonar el cláxon repetidas veces.

Seguidamente, emprendió la marcha siendo perseguido por quien conducía el ciclomotor, en el próximo cruce se detuvieron ambos vehículos y cruzandose varias palabras, iniciaron una pequeña discusión que no llegó a más.

El acusado alegó que nunca antes había visto al motorista y que no lo volvió a ver jamás.

Al procesado, le acompañaba un compañero de trabajo que acudió al juicio en calidad de testigo, sin embargo, las declaraciones de ámbos no resultaron concordantes a oídos de la acusación.

El motorista, por su parte, niega que circulase en dirección prohibida, niega que circulase haciendo maniobras peligrosas y negó que circulase a gran velocidad como alegó el testigo de la defensa.

La alegación del acusador se basó en que él salía de un estacionamiento en el mencionado cruce, que el acusado y el testigo le perseguían en el vehículo que ellos conducían haciéndole señales acústicas y gesticulando con los brazos para provocar su detención. Que la víctima se detuvo en el cruce con la calle Alcalde Clemente Calvo Pecino, a la altura del Colegio Público Andrés Manjón y que el acusado y su acompañante se detuvieron a su lado.

Destacó que tras dirigirle improperios racistas y vejatorios, él respondió que ‘se había quedado con la matrícula y que iba a denunciarles’ a lo que el conductor respondió que él ‘se había quedado con su cara’ y en ese momento desenfundó un arma de fuego colocándosela a la víctima a la altura de la cabeza.

El motorista temió por su vida viendo agudizada la amenaza por deducir del acusado y su acompañante estado de embriaguez.

Prosiguió la declaración diciendo que momentos después acudió a las dependencias policiales al fin de presentar la denuncia correspondiente y que tras esperar varias horas, se le tomó declaración sobre las 22:30 horas del día quince de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

Asímismo, declaró que pasado un año tras lo sucedido, se encontró con el acusado y que, dirigiéndose a él, le advirtió sobre la presentación de la denuncia. Esto último, fue confirmado por el acusado quien, en un primer momento, negaba que lo hubiese visto con posterioridad al día de autos.

De ser estimada la demanda interpuesta por M.A.K. por delito de amenazas y falta de vejaciones, el imputado podría ser condenado a dos años de pena privativa de libertad y veinte días de multa, además de indemnizar por daños morales.
 


Consiguió convertir una falta en delito

Una de las estategias empleadas por la acusación para la defensa de sus intereses fue la declaración, ante el órgano que ayer enjuiciaba la causa, en la que expresaron la larga lucha que ante los Juzgados de Instrucción venían manteniendo para que la Justicia apreciase los hechos como constitutivos de un delito de amenazas y no como una falta.

Este matíz hace que la posible condena a aplicar pase de una simple multa a una pena privativa de libertad que, en este caso, de ser apreciada por el Juzgado podría alcanzar los dos años de prisión más las accesorias legales de inhabilitación especial.
 

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