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SUCESOS - MARTES 14 DE MARZO DE 2006


 PASO FRONTERIZO DE EL TARAJAL. ARCHIVO

TRIBUNALES / AUDIENCIA PROVINCIAL
 

Condenado a tres años por introducir a un ilegal en Ceuta

El hombre, de nacionalidad marroquí, escondía a un compatriota suyo en el
doble fondo del techo de su vehículo
 

La sección sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta, a través del tribunal presidido por el magistrado Jesús Bastardés, ha condenado a F.M. a un total de tres años de prisión tras ser considerado autor de un delito consumado contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.

Los hechos tuvieron lugar el pasado 22 de noviembre en El Tarajal cuando el condenado, un varón de 34 años y de nacionalidad marroquí, fue detenido en dicho puesto fronterizo tras encontrarse oculto en un hueco existente en el techo de la furgoneta que conducía a un ciudadano extranjero indocumentado al que pretendía introducir ilegalmente en la península a cambio de una cantidad de dinero no determinada. El vehículo estaba matriculado en Marruecos y era propiedad de una tercera persona que no guarda relación con los hechos.

Según recoge la sentencia, como consecuencia de la forma de ocultación, en la que se encontraba aglutinado en un reducido espacio con falta de oxígeno, “se puso en serio peligro la vida del inmigrante”.

Además, el tribunal que examinó las actuaciones del procedimiento consideró que “desde el punto de vista subjetivo la conducta del acusado responde a un supuesto de dolo directo, porque la llevó a cabo y su intención y voluntad eran actuar conforme a tal determinación”.

Con esta acción, se ha violado la regulación básica recogida en el artículo 25 de la ley orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración que establece que el acceso a España se realizará por los puestos especialmente habilitados a tal fin y provistos del pasaporte que acredite su identidad así como los documentos que justifiquen el objeto y condiciones de estancia en territorio nacional. Además, se exigirá visado, salvo que se encuentre provisto de la tarjeta de identidad de extranjero o de una autorización de regreso.
 

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