Cada año, unas trescientas parejas formalizan su unión en el
registro civil de Ceuta tras no pocos meses de espera y
papeleo. En los últimos años, el porcentaje de matrimonios
entre personas de distintas nacionalidades ha ido
aumentando, hoy en día, una de cada tres bodas celebradas es
lo que se conoce como matrimonio mixto; una unión que
principalmente se produce entre españoles y marroquíes
(independientemente de la cultura o religión) aunque también
se celebran algunos enlaces con sudamericanos.
Este incremento de matrimonios con personas de otras
nacionalidades ha propiciado la puesta en marcha, por parte
del Ministerio de Justicia, de medidas para detectar
posibles fraudes mediante la celebración de ‘matrimonios de
conveniencia’ en los que los cónyuges no se conocen y no
llegan a convivir juntos y cuyo único propósito es el de
conseguir la nacionalidad o el permiso de residencia. Por
este motivo, en 2005, la Dirección General de Registros y
Notariado rechazó la inscripción de 259 matrimonios
fraudulentos.
En el caso de Ceuta, cada año se deniegan unos pocos
expedientes generalmente por irregularidades en la
tramitación de los papeles: Aquí los matrimonios mixtos se
producen con mucha frecuencia debido a la situación
socio-política y económica de la ciudad puesto que apenas
distan 3 kilómetros del vecino reino de Marruecos y la
Ciudad Autónoma tiene mucha relación con las poblaciones
marroquíes más próximas a la frontera.
Detección de fraudes
Una de las herramientas con que cuentan los jueces para
detectar estos posibles fraudes son audiencias reservadas,
unas entrevistas personales en las que los cónyuges deben
contestar, por separado, a preguntas relacionadas con la
vida de su futuro marido o esposa. Cuestiones tales como: el
nombre, edad y profesión de los padres y hermanos del
contrayente, la profesión a la que éste se dedica, el lugar
en el que se conocieron o las cosas que les gustan sirven
para detectar estos posibles matrimonios de conveniencia
aunque es evidente que no todos los casos se detectan.
Una vez celebrado el matrimonio, otro aspecto a tener en
cuenta es si existe o no convivencia ya que el Código Civil
establece que los cónyuges están obligados a vivir juntos
por lo que si se detecta que esto no se cumple y que uno
vive, por ejemplo, en Ceuta y otro en Tetuán los
funcionarios pueden promover la nulidad del matrimonio.
Como es imposible hacer un seguimiento personalizado de cada
caso, otro de los instrumentos con los que cuenta la
Administración para detectar estos matrimonios por
conveniencia son las tramitaciones de los expedientes que
dan validez civil a los enlaces celebrados por ritos
religiosos ya sean cristianos, hindúes, coránicos o de otro
tipo de religión. En esos expedientes, antes de dictar
resolución lo que se investiga es si ese matrimonio
realmente vive o no junto porque lo que se pretende es
evitar que a través de un fraude de ley se pretenda
solucionar un problema de inmigración.
Nacionalidad
Una vez formalizado el matrimonio, el cónyuge extranjero
tiene derecho a regularizar su situación como extranjero en
territorio español y una vez que lleve un año casado con un
español y acredite, además, un año de residencia legal,
continuada e ininterrumpida en España puede acceder a
solicitar la nacionalidad española por residencia y, por
tanto, puede obtener los derechos, deberes y obligaciones
que el resto de ciudadanos españoles.
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