Un joven argelino de 24 años ha sido absuelto de un delito
contra los derechos de los ciudadanos extranjeros según ha
dictado la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz
con sede en Ceuta. Con esta sentencia, el tribunal no
atiende la petición del Ministerio Fiscal de imponerle una
pena de prisión de 8 años.
H.M. fue interceptado el pasado 7 de febrero a las 20.55
horas en la bahía sur de Ceuta por una patrulla de la
Guardia Civil que se encontraba de ronda con una cámara
térmica de visión nocturna en la zona de la playa del
Tarajal. El acusado llegó a aguas costeras españolas nadando
y vestido con traje de neopreno al igual que su acompañante,
A.B, también argelino. Ya en la playa fueron interceptados
por los agentes que les prestaron auxilio debido a que ambos
jóvenes presentaban síntomas de agotamiento debido al
esfuerzo realizado.
Según se recoge en la sentencia, los hechos no son
constitutivos del delito por el que la Fiscalía lo estaba
acusando ya que no ha quedado acreditado que se hubiera
cometido un acto de tráfico de inmigración ilegal y el
tribunal acepta como verosímil la versión del acusado que
asegura que ambos viajaban juntos desde Argelia y que H.M.
“no hacía de motor transportando a A.B.”.
La sentencia recoge también que ambos extranjeros tan sólo
llevaban su proyecto de llegar a nado a la costa española
“en compañía” y no dan crédito a la posibilidad planteada de
que los agentes hubieran interceptado una actividad de
tráfico ilegal de inmigrantes con ánimo de lucro.
La sentencia es firme y declara la libre absolución de H.M.
al considerar que no se “enerva en absoluto la presunción de
inocencia que lo ampara”. Al no existir delito ni
responsabilidad criminal, el joven fue puesto inmediatamente
en libertad, ya que había estado preso por esta causa desde
el 8 de febrero, y las costas procesales fueron declaradas
de oficio.
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