El Consejo Económico y Social, en su memoria de 2005, anima
a las instituciones públicas a garantizar el acceso de los
ciudadanos con movilidad reducida al transporte urbano con
el fin de “mejorar su calidad de vida”. Se trata de
materializar la Ordenanza Municipal para la Accesibilidad y
Eliminación de Barreras Arquitectónicas, Urbanas del
Transporte y la Comunicación. Como depositario de la
responsabilidad de poner en marcha medidas de acción
positiva aparece la Ciudad Autónoma que que, además de
impulsar la accesibilidad en los vehículos, debe mejorar la
situación de las instalaciones fijas e infraestructuras de
acceso público a los sistemas de transporte urbano, como las
paradas de autobús o de taxi.
Licencias y facilidades
El informe publicado por el CES determina que tanto
autobuses como taxis cumplen las mínimas condiciones de
acceso al interior de los vehículos. En este sentido, la
flota de taxis cuenta con dos licencias especiales para
cubrir trayectos con personas de movilidad reducida; y
respecto a los autobuses, el informe recoge el proceso de
renovación de los autocares que circulan por la Ciudad
Autónoma. En este sentido, el documento del CES 2005 indica
que será la Ciudad Autónoma quien establezca medidas que
favorezcan la adquisición de taxis accesibles y serán los
titulares de dichos permisos quienes se encarguen de
realizar los trayectos demandados.
Para no descuidar el área del transporte urbano, el Consejo
Económico y Social insta a la Ciudad Autónoma a configurar,
con “especial obligación” un plan de acción continuada que
ayude a actualizar su situación. El Imserso, por ejemplo, no
cuenta con los datos actuales sobre accesibilidad en la
flota de taxis de Ceuta e indica que la Ciudad no cuenta con
vehículos especiales, a falta de estadísticas municipales
recientes.
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