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OPINIÓN - MIÉRCOLES, 02 DE AGOSTO DE 2006

 
OPINIÓN / PERSONAL Y TRANSFERIBLE

¿Quién puntúa a la D.G.T?

Por Domingo Ramos


La Ley reguladora del tráfico de vehículos en la que Dirección General ha puesto su mayor empeño para que se cumpla en todos sus términos, viene creando diversos problemas a los usuarios de las carreteras. Y si pasáramos a enumerar hechos y situaciones que la D.G.T. ha “endurecido” en su legislación para aplicación a los propietarios de automóviles (que, dicho sea de paso, “colaboran” con las arcas del Estado previo el pago del I.V.A. o IPSI a la compra del vehículo; con un impuesto de más del 40 % del importe de los carburantes; con su Impuesto de Circulación de Vehículos; con un pago del Seguro Obligatorio, en el que va incluido el del impuesto correspondiente, que nadie se limita a su contratación sino que casi el cien por cien de los propietarios de vehículos aparte tienen cubiertos otros riesgos que triplican o cuadruplican el importe del Seguro Obligatorio; con pagos a servicios de talleres para las averías, reparaciones y pintura de los automóviles, con todas sus facturaciones gravadas, ingresos mas que suficientes para que cubrir los gastos de reparación y deficiencias de las carreteras), pensamos que como “infracciones” deberían imputarse a la citada D.G.T. los “Tramos Blancos” o puntos en que no se producen accidentes con víctimas, “Punto Negros”, es decir, localizaciones donde se registra mayor numero de siniestros o accidentes graves de tráfico con victimas. La falta de efectivos para asistencia a siniestros que no pase como ha ocurrido a una vecina de Tarifa que ha denunciado a la Guardia Civil de Tráfico por no auxiliarla tras haber sufrido un accidente al mediodía, hecho que la denunciante pudo poner en conocimiento de los agentes de la Benemérita ya que el vehículo había quedado parado en medio de la carretera, pero hasta pasadas las cuatro de la tarde (cerca de cinco horas) no fue atendida, a pesar de requerir al 062 la correspondiente ayuda a la que una telefonista “le indicó que no tenían medios materiales para atender y socorrer a la accidentada”, por lo que el esposo de la denunciante avisó a una grúa que finalmente retiró el vehículo accidentado (Semanario “El Duende”, Tarifa 29 de junio de 2006). Y se da, también, la falta de coordinación de la DGT con los servicios de Policía para evitar que un vehículo robado permanezca trece meses en un depósito judicial sin notificar a su propietario la aparición del mismo, después de haber sido recuperado a los diez días de su robo (¿).

Por otro lado, un adulto con dos hijos pequeños mejor que no espere a que le pare un taxi porque, sin las sillas adaptadas, en un posible accidente aunque autoricen a los taxistas al transporte por ciudad de menores ¿de quien seria la responsabilidad de las lesiones del menor? Y si tiene V. cuatro hijos pequeños, mejor es que se compre un microbús o dos vehículos, porque con uno solo no podrá transportar a toda la familia. Como vemos, la Ley vela por la seguridad y protección de todos y lo hace especialmente con las familias numerosas ya que, por narices, consigue que se mantenga unida en su “confortable” vivienda.

Existen otras situaciones de falta de asistencia por parte de la D.G.T. como en los cortes de carreteras por inundaciones, nevadas o accidentes, que inmovilizan a los automovilistas, en algunos casos, hasta días, sin que se disponga de los medios para subsanar estas deficiencias. Los atascos que, aparte de la falta de previsión de los conductores al ponerse en carretera al mismo tiempo lo que provoca paralizaciones de horas, también se producen por la inexistencia de infraestructuras adecuadas al incremento de la circulación. La supresión de los llamados “pivotes de la muerte” para los motoristas. La inexistencia de pasos a nivel de las vías férreas que eviten accidentes. La falta de señalizaciones de fin de las limitaciones de velocidad o de obras en muchas vías… O sea, que es de apreciar en todo su valor las intenciones de la nueva legislación sobre el tráfico para la supresión de los desgraciados accidentes que continuamente se vienen produciendo, pero también habría de asignarse en alguna Ley al Organismo Público un saldo inicial de puntos a fin de que sus directivos conozcan los límites de hasta donde pueden llegar para corregir las deficiencias señaladas porque si no, a la vista de tales deficiencias, seguiremos preguntándonos ¿quién puntúa a la Dirección General de Tráfico?.
 

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