El tribunal encargado de juzgar a M.A.M. por un supuesto
delito de homicidio en grado de tentativa ha absuelto al
acusado por no existir pruebas concluyentes que determinaran
la autoría de la agresión.
Los hechos se remontan al pasado 31 de enero de 2004 cuando,
sobre las cuatro de la tarde, M.E.A. fue atacado en las
proximidades de un cafetín situado en Los Rosales y herido
con un arma blanca resultando con siete heridas en su
extremidad superior izquierda así como dos heridas en el
hemitórax (parte media del tórax) que le ocasionaron un
neumotórax (presencia de aire en el espacio pleural, en
torno a los pulmones, lo que produce a su vez una pérdida
del volumen pulmonar) que comprometió su función
respiratoria y que puso en riesgo la vida de M.E.A. por lo
que tuvo que ser operado con urgencia. Debido a esta
agresión le quedaron secuelas que le impiden mover con
libertad la mano y el brazo izquierdos.
Según el tribunal de la sección sexta de la Audiencia
Provincial de Cádiz en Ceuta, la defensa de la víctima no
presentó las pruebas suficientes para demostrar la
culpabilidad de M.A.M. ya que la única declaración
presentada durante el juicio fue la de la propia víctima. |
El Ministerio Fiscal pidió 10 años de pena
El Ministerio Fiscal calificó
estos hechos como constitutivos de tentativa de asesinato y
solicitó que se le impusiera al acusado una pena de diez
años de prisión mientras que la defensa solicitó la libre
absolución de su defendido.
Sin embargo, el tribunal, presidido por el magistrado
Fernando Tesón, basándose en la presunción de inocencia,
estimó que la defensa de la víctima no demostró con
suficiente claridad la autoría de los hechos que se le
imputaban a M.A.M. por existir “contradicciones en la
declaración”.
Aunque, según recoge la sentencia, “el ámbito delincuencial
en que se han venido moviendo acusado y víctima, vecinos y
conocidos, podría hacernos pensar en un ajuste de cuentas
que no deja de ser una mera hipótesis”.
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