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SOCIEDAD - Martes 15 DE NOVIEMBRE DE 2005


Yolanda Bel. EL PUEBLO

sanidad / programas drogodependencias
 

Convocada las subvenciones
para el desarrollo de programas relacionados con las drogodependencias

Las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad serán por un máximo de 13000 €
 

CEUTA
José Manuel Rincón

local
@elpueblodeceuta.com

Desde la Consejlería de Sanidad y Bienestar Social se ha creido conveniente realizar una convocatoria para la concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro que tengan por objeto el desarrollo de programas relacionados con las drogodependencias y con la prevención y control de la infección por VIH y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).

Según se recoge en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, la presente convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva y tiene como objeto fijar los criterios y procedimientos para la concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas, publicas o privadas, sin ánimo de lucro, para el desarrollo de programas relacionados con las drogodependencias y con las prevención y control de la infección por VIH y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA). Estas subvenciones tendrán carácter voluntario y eventual, no pudiéndose invocar como precedente ni siendo exigible su concesión, aumento o revisión en ulteriores ejercicios.

Todas las personas interesadas en la presente convocatoria debe saber que

podrán ser beneficiarios siempre y cuando la activad a realizar tenga por objeto llevar a cabo alguna actividad que redunde en beneficio de los habitantes de Ceuta cuyo presupuesto total exceda de 600 euros.

Obligaciones del beneficiario

Hay que destacar que antes de otorgar una subvención el organismo competente estudiará detalladamente todas y cada una de las propuestas o proyectos presentados y además exigirá a los beneficiarios una serie de obligaciones que deberán cumplir:

- Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, y/o realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.

- Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión o disfrute de la subvención.

- Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes.

- Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

- Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de que se haya al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

- Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial,, con el fin de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

- Deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención con expresa mención del patrocinio de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social.

- Reintegrar los fondos percibidos en caso de producirse alguno de los supuestos establecidos en las bases (art. 18 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta).

Las subvenciones irán encaminadas a dotar a las personas físicas o jurídicas de medios económicos para realizar la actividad solicitada que redunda en beneficio de la Ciudad Autónoma de Ceuta, a estrategias de intervención para la prevención de la infección por VIH en colectivos y poblaciones más vulnerables a la infección, y a la recogida, realización y difusión de información relacionada con la infección por VIH y SIDA.

Por último comentar que las subvenciones a otorgar por un máximo de 13000 euros se financiaran con cargo a la partida presupuestaria 489.00.412.2.006.02 « Convenios, conciertos y subvenciones drogodependencias» pudiendo alcanzar el presupuesto de ejecución el 80% de ejecución de la actividad para la que se solicita la subvención.
 


Las solicitudes

Destacar las solicitudes deberán ser presentadas por el particular o máximo responsable de la persona jurídica que llevará a cabo la actividad objeto de la subvención e irán dirigidas a la consejera de Sanidad y Bienestar Social, Yolanda Bel, acompañando la siguiente documentación:

- Programa o proyecto de la actividad a desarrollar en el que consten los objetivos , contenido, medios materiales, personales con que cuenta el solicitante para llevarla a cabo.

- Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad.

- En su caso documentación que acredite que la Asociación solicitante se halla legalmente constituida e inscrita en el Registro..

- Entidad financiera para el ingreso de la subvención que, en su caso, se conceda.

- Documentación relativa a las actividades para las que se solicita la subvención.

- Declaración responsable relativa a otras subvenciones o ayudas solicitadas o recibidas con expresión de la cantidad correspondiente para la misma actividad.
 

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