CCOO remitía ayer un comunicado de
prensa a través del cual informaba que la Inspección Médica,
dependiente de la Dirección Provincial del INGESA en Ceuta,
ha cursado de oficio el alta médica de un conductor de
autobuses urbanos, aquejado de una enfermedad neurológica
degenerativa, aduciendo que padece solo “brotes episódicos
de la enfermedad, lo cual no le incapacita para el desempeño
de su trabajo ni siquiera de forma temporal”.
CCOO califica la actuación de la
Inspección Médica como “absolutamente irresponsable y
carente de todo fundamento”, máxime cuando los servicios
médicos de la empresa consideran no apto al trabajador para
el desempeño de su puesto de trabajo y cuando los delegados
de prevención de riesgos laborales en la empresa estiman que
existe un riesgo inminente para la salud del trabajador si
se le obliga a ponerse al volante del vehículo en las
condiciones en que se encuentra, debido a la enfermedad que
padece.
El hecho de que, como dice
la Inspección, se trate de brotes episódicos, no garantiza,
según CCOO, que no puedan aparecer de nuevo,
inesperadamente, ocasionándole una parálisis temporal que le
haga perder el control del vehículo con el consiguiente
riesgo tanto para su salud como para la de los ocupantes del
mismo o de los restantes usuarios de la vía, en cuyo caso,
la titular de la Inspección Médica podría incurrir incluso
en responsabilidad penal. “La actitud de la Inspección en
relación con los procesos de incapacidad temporal,
obedeciendo consignas motivadas por los recortes
presupuestarios efectuados por el gobierno, supone un grave
riesgo tanto para los derechos de los trabajadores como para
la salud de los ciudadanos en general y debe ser
inmediatamente corregida para evitar daños irreparables como
los que se plantean en el caso denunciado”, denuncia CCOO,
que ha su vez ha informado que ha impugnado judicialmente el
alta médica cursada y el trabajador en la actualidad ha
iniciado un nuevo proceso de baja aunque la Inspección le ha
advertido que el próximo lunes cursará nuevamente su alta si
no se le acredita documentalmente mediante informe de la
empresa su incapacidad.
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