El Hospital Universitario de Ceuta
acogerá a partir del día 1 de diciembre la posibilididad de
que los progenitores de los recién nacidos puedan
inscribirlos en el registro en el mismo centro hospitalario.
Así lo han puesto de relieve fuentes oficiales del
Ministerio de Justicia, de quien depende la iniciativa.
La medida entró en vigor en 24
hospitales de toda España, pero no será hasta el próximo día
1 de diciembre cuando dicho trámite pueda realizarse en el
Hospital Universitario ceutí.
La idea que pone en marcha el
Ministerio de Justicia en torno a la posibilidad de
inscripción se basa en dos premisas claras: “menos tiempo
para los trámites” y “más tiempo para disfrutar de tu bebé”.
Hay varias circunstancias en las
que se puede solicitar el registro en el hospital. La
primera es en el caso de hijos nacido en España dentro del
matrimonio, siendo español alguno de los progenitores.
El segundo supuesto es en el caso
de hijos nacidos fuera de matrimonio, si se establece
filiación sólo con la madre o si el padre biológico está
presente y ambos firman la solicitud.
En tercer lugar, en el caso de
hijos nacidos en España dentro de matrimonio de progenitores
extranjeros de la misma nacionalidad.
En todo caso, el Registro Civil
tiene la potestad de requerir a los padres información
adicional o que acudan en persona a realizar la solicitud,
según el caso particular. El registro en el Hospital podrá
realizarse dentro de las 72 horas posteriores al nacimiento.
La documentación que habrá de
aportarse es la siguiente: certificado médico de nacimiento
que le proporciona el Hospital; DNI, NIE o pasaporte de
ambos progenitores, y del solicitante si no es ninguno de
ellos; y el Libro de Familia o Certificado de Matrimonio en
caso de que falte la firma de un progenitor.
El solicitante recibirá a su
vez la documentación original aportada; un justificante por
haber realizado la comunicación; y con posterioridad,
recibirá el certificado literal de nacimiento, por correo
ordinario o en su formato electrónico.
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