El Ministerio de Educación ha
modificado un Real Decreto, concretamente el 14/2012, con el
objetivo de que se cubran en un día, en algunos casos, las
bajas del personal docente, de forma que no haya merma en la
calidad de la prestación educativa.
Ésto será a partir de enero de
2016. Con carácter general, los profesores que por cualquier
motivo tengan que darse de baja serán sustituidos en un
plazo de 24 horas por interinos.
Son algunos supuestos los que se
contempla con la modificación, por ejemplo cuando el
profesor que esté de baja atienda a alumnos con necesidades
muy específicas. También cuando hayan menos de dos aulas por
curso, o cuando el profesor sustituido imparta clases en
segundo curso de Bachillerato.
También se contempla el caso de
maternidad, paternidad, adopción o acogimiento. En estos
casos se prevé incluso la preadopción permanente o simple.
La acción se enmarca en ofrecer una calidad en la docencia y
que las circunstancias de baja del profesorado no repercutan
en los alumnos.
El Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2016 contempla estas
vicisitudes, señalando que en los centros docentes públicos,
el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución
transitoria de los profesores titulares se producirá
únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos
desde la situación que da origen a dicho nombramiento.
El período de diez días
lectivos previo al nombramiento del funcionario interino
deberá ser atendido con los recursos del propio centro
docente, añade el texto legal que ha sido difundido por la
central sindical Comisiones Obreras.
|