Fátima Hamed, líder de MDyC, compareció ayer ante los medios
de comunicación junto al también diputado de la citada
formación, Reduan Mohamed, para denunciar las continuas
trabas e impedimentos que desde la Ciudad se siguen poniendo
a la hora de acceder a la documentación necesaria para
ejercer un correcto trabajo de fiscalización de la gestión
del Gobierno.
Una de esas muchas trabas a las que ayer se refirió Hamed,
tiene relación el “finiquito” con el que la Ciudad Autónoma
de Ceuta ha liquidado al ex gerente y funcionario de la
ciudad, Juan Antonio García Ponferrada, el cual ha supuesto
a las arcas municipales, así como denunciaba Hamed, más de
20.000 euros, “incumpliendo el acuerdo adoptado en marzo de
2012 para que fuera aplicable el decreto legislativo en que
se basan estas liquidaciones, y en el que se incluyó una
excepción en la que se recoje de forma textual que ‘no se
tendrá derecho alguno cuando la persona, cuyo contrato
mercantil o de alta dirección se extinga, por desistimiento
del empresario, ostente la condición de funcionario de
carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las
Entidades Locales, o sea empleado de entidad integrante del
sector público estatal, autonómico o local con reserva de
puesto de trabajo”, aseguró Hamed, quien puso de manifiesto
que García Ponferrada, tras su cese, continuó en su
actividad dentro del propio ICD, del que pronto se jubilará,
y que “dado que cumple con los requisitos de la excepción,
no tiene ningún derecho a percibir la indemnización”, por lo
que Intervención, según ha avanzado MDyC, ha abierto un
expediente para que “proceda a la devolución de las
cantidades que por error se le han abonado”.
En este sentido, Hamed ha destacado que el informe elaborado
por Intervención recoge que el citado abono “no fue objeto
de fiscalización, por lo que no fue posible detectar la
positlbe ilegalidad del pago efectuado”. Además, en dicho
informe, desde la Intervención se manifiesta que “teniendo
en cuenta que el Sr. García Ponferrada ostenta la condición
de empleado al servicio del sector público dependiente de la
Ciudad, con la condición de funcionario, puesto que se
encontraba desempeñando antes de ser designado gerente y
puesto al que ha retornado sin solución de continuidad una
vez cesado, procede el reintegro del importe de la
indemnización percibida por error, ya que carecía del
derecho a su percepción”.
|