La Federación de Sociedades
Musicales de la Comunidad Valenciana (FSMCV) recibió ayer la
contestación del Gobierno de España a través de su
Delegación en la Comunidad Valenciana, en respuesta a la
consulta planteada de si el himno de España debe
interpretarse en actos religiosos festivos y cívicos.
El Ejecutivo concluye que el Real
Decreto 1560/1997 “no contiene una enumeración limitativa y
excluyente de actos en los que pueda interpretarse el himno
nacional de España” y que “no contiene una prohibición
positiva de actos en los que no pueda interpretarse el himno
nacional de España”.
El Gobierno responde así a
la petición de la FSMCV para saber si la Marcha Real
Española o Marcha Granadera debe interpretarse en actos
religiosos festivos y cívicos, y si la enumeración de
situaciones en las que se debe interpretar el himno según el
Real Decreto es “limitativa” y, por tanto, “excluyente” de
otras.
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