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sociedad - JUEVES, 24 DE SEPTIEMBRE DE 2015

 

normativa

La ley no limita la interpretación
del himno en actos religiosos

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana (FSMCV) recibió ayer la contestación del Gobierno de España a través de su Delegación en la Comunidad Valenciana, en respuesta a la consulta planteada de si el himno de España debe interpretarse en actos religiosos festivos y cívicos.

El Ejecutivo concluye que el Real Decreto 1560/1997 “no contiene una enumeración limitativa y excluyente de actos en los que pueda interpretarse el himno nacional de España” y que “no contiene una prohibición positiva de actos en los que no pueda interpretarse el himno nacional de España”.

El Gobierno responde así a la petición de la FSMCV para saber si la Marcha Real Española o Marcha Granadera debe interpretarse en actos religiosos festivos y cívicos, y si la enumeración de situaciones en las que se debe interpretar el himno según el Real Decreto es “limitativa” y, por tanto, “excluyente” de otras.

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