El delito penal en el ‘caso Loma
Colmenar’ se desvanece. La declaración del ex viceconsejero
de Vivienda, Antonio López, no aportó nada importante en
este sentido, más allá de dejar por mentirosos tanto a
Susana Román como a Mohamed Alí. Ni papeles, ni correos
electrónicos, ni cobros de comisiones a cambio de viviendas
... Nada sobre esos rumores convertidos hasta el momento
solo en leyendas urbanas. Su declaración sobre la veracidad
y oficialidad de la ‘lista fantasma’, consistió en confirmar
ante la juez lo expresado en su comunicado del pasado mes de
julio. Eso sí, dejó claro, con pruebas, que él no actuó por
su cuenta y riesgo, sino que fue la Comisión Local de la
Vivienda, en la que López no tenía voto, la que aprobó por
unanimidad los compromisos, que luego fueron incluídos en el
listado de adjudicatarios.
De momento no se aprecia delito
penal alguno. ¿Prevaricación administrativa? ¿Por qué? ¿Y de
quién? En el caso de Antonio López, único imputado por
ahora, no ostentaba ya cargo público cuando se publicó la
lista de adjudicatarios, requisito necesario para la
existencia de prevaricación administrativa. Y por otro lado,
ni los contratos se firmaron ni las casas se entregaron, por
tanto, si el acto administrativo no se culminó ni se dictó
resolución alguna al respecto, no puede existir tampoco un
delito de prevaricación administrativa, ya que el grado de
tentativa no se contempla en este tipo de delito. En todo
caso, se podría estudiar si serían los nuevos miembros de la
Comisión Local de la Vivienda quienes podrían incurrir en un
delito prevaricación administrativa en el supuesto de
adjudicar las viviendas a los agraciados en un futuro
sorteo, después de mandar al limbo los 98 compromisos
aprobados en la misma Comisión con fecha 23 de febrero de
2013 (cuyo acta aportó ayer López) sin dar ningún argumento
para ello ni dictar resolución administrativa alguna en este
sentido.
Así que nada de tráfico de
influencia ni cohecho ni nada por el estilo. Al menos hasta
ahora. Otro cantar es lo que pueda suceder en el ámbito de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el que se
podrá juzgar si la lista ‘fantasma’, que ayer dejó de ser
tan ‘fantasma’, junto con los compromisos aprobados por la
Comisión Local de la Vivienda han generado algún derecho a
favor de los figurantes en esa lista de adjudicatarios
publicada, o como afirmaba Vivas el pasado lunes “no hay
derecho subjetivo en favor de nadie, no ha habido resolución
que le haya adjudicado vivienda a nadie, nadie puede
esgrimir un derecho”.
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