Las tarjetas de identidad de
extranjero no incluirán el nombre del cónyuge reagrupante
para evitar discriminación por orientación sexual, como
solicitó el Defensor del Pueblo.
La Institución recibió la queja de
un ciudadano que denunciaba haber sufrido trato
discriminatorio al ser cónyuge de un ciudadano español, pues
en el reverso de su tarjeta de residencia permanente
figuraba el nombre de su pareja.
El Defensor del Pueblo solicitó a
la Comisaría General de Extranjería y Fronteras que en las
tarjetas de identidad de extranjero solo se indicara el
número de Documento Nacional de Identidad de la persona
reagrupante para erradicar toda discriminación por razón de
orientación sexual.
La Comisaría General de
Extranjería ha atendido la solicitud y ha dado instrucciones
para que en las tarjetas de identidad de extranjero solo se
incluya el NIE o el DNI de la persona con la que se le
vincula por parentesco.
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