La Iglesia católica, así como los
musulmanes, judíos y evangélicos, tendrán que inscribir a
partir de ahora a sus ministros de culto que puedan celebrar
actos con efectos civiles, como las bodas, según un Real
Decreto por el que se regula el Registro de Entidades
Religiosas publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
“Las entidades religiosas
inscritas podrán anotar en el Registro de Entidades
Religiosas a sus ministros de culto que ostenten residencia
legal en España. En todo caso, deberán anotarse aquellos
ministros de culto que estén habilitados para realizar actos
religiosos con efectos civiles”, establece.
Así, será una posibilidad para
aquellas Iglesias, confesiones o comunidades religiosas
inscritas que lo soliciten y de carácter obligatorio para
aquellas que tengan capacidad de celebrar o certificar actos
con efectos civiles como las bodas, es decir, la Iglesia
católica, los musulmanes, los judíos y los evangélicos,
confesiones que tienen Acuerdos con el Estado español.
Puestos en contacto con el vicario
general de Ceuta, Juan José Mateos Castro, destacaba que
ahora habrá que ver cual es el proceso a seguir para que los
sacerdotes y diáconos, que son quienes pueden oficiar este
tipo de ceremonias, para proceder a su registro.
En este sentido, Mateos Castro
destacaba que no sólo son los sacerdotes sino que también
las hermandades, como entidades públicas de la Iglesia, y
sus hermanos mayores deben ser registrados, indicando que
todo ello se ha llevado a cabo para que exista un cierto
control que hasta ahora no se producía.
Igualmente, el vicario general de
Ceuta ha resaltado que hoy por hoy en la ciudad se cuenta
con un total de 15 sacerdotes en activo y tres diáconos,
además del padre Alejandro Sevilla Segovia, que está
jubilado.
Desde este mismo instante, el
Obispado de Cádiz y Ceuta tendrá que formalizar toda la
documentación necesaria para registrar a los sacerdotes y
sus diáconos para que puedan seguir oficiando este tipo de
ceremonias.
Además, según la Ley de
Jurisdicción Voluntaria, a partir de 2017 tendrán validez
civil los ritos religiosos de casamiento de mormones,
ortodoxos, testigos de Jehová y budistas en España, por lo
que, a partir de entonces, estas confesiones también deberán
inscribir a sus ministros de culto.
Según señala el Ministerio de
Justicia, la opción de inscribir a los ministros de culto
“ha venido siendo reclamada por las propias entidades
religiosas que querían disponer de la seguridad que ofrece
la anotación registral”.
No obstante, en el caso de la
Iglesia Católica, esta obligación supondría registrar el
nombre de todos sus sacerdotes ya que todos pueden celebrar
bodas. Fuentes de la Conferencia Episcopal reconocen que no
va a ser tarea fácil porque no sólo los párrocos ofician los
enlaces, sino que pueden delegar esta misión en diáconos o
sacerdotes de la misma u otra diócesis, es decir, que al
final habría que registrarlos a todos.
Según el Código de Derecho
Canónico, los párrocos tienen encomendada la función de
celebrar los matrimonios pero tanto el párroco del lugar
como el ordinario puede delegar esta función en un sacerdote
o diácono, incluso de manera general, es decir, para todas
las bodas que tengan lugar en ese templo. No se especifica
que los sacerdotes deban ser de la diócesis por lo que
también pueden ser de otros países.
Además, donde no haya sacerdotes
ni diáconos, el obispo diocesano, previo voto favorable de
la Conferencia Episcopal y obtenida licencia de la Santa
Sede, puede delegar esta misión en laicos.
Musulmanes, judíos y
evangélicos
Mientras, para musulmanes, judíos
y evangélicos no será complicado registrar a sus ministros
de culto que pueden oficiar bodas, según señalan.
En este sentido, el responsable de
la Comisión Islámica de España y presidente de la Unión de
Comunidades Islámicas de España (UCIDE), Riay Tatary, ha
explicado que los musulmanes tienen una docena de imames
nombrados para oficiar bodas en toda España y, por tanto, no
les resultará difícil anotarlos en el registro. Según ha
precisado, desde 1968 se han celebrado miles de matrimonios
por el rito musulmán en España.
También se muestran conformes con
la medida desde la Federación de Entidades Religiosas
Evangélicas de España (FEREDE). Su secretario ejecutivo,
Mariano Blázquez, afirma que “no es complicado” y que ellos
ya tienen un censo con los ministros de culto designados por
cada grupo de iglesias. Concretamente, estima que hay unas
1.500 personas designadas para celebrar bodas en toda
España, de las que hasta un 15% son mujeres.
Por su parte, la Federación de
Comunidades Judías de España (FCJE) precisa que, aunque las
cifras van variando, hay aproximadamente un rabino por cada
comunidad, en total, entre siete y diez en toda España que
pueden oficiar matrimonios.
Federaciones, seminarios y
monasterios
Además de los ministros de
culto y las propias Iglesias, confesiones y comunidades
religiosas, podrán inscribirse en el Registro sus
federaciones, congregaciones, asociaciones con fines
religiosos, seminarios o centros de formación de sus
ministros de culto, centros superiores de enseñanza
teológica o religiosa, comunidades monásticas y órdenes y
sus institutos de vida consagrada y sociedades de vida
apostólica.
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