Viene de ayer) un sistema
multipartidista de amplio espectro, siempre de obligada
referencia islámica, siendo imposible además por ley la
existencia de un partido único.
En cuanto al modelo territorial de
regionalización avanzada que nos ocupa, la Constitución
establece claramente que las entidades territoriales gozarán
de autonomía y capacidad financiera y legislativa
(reglamentaria exactamente), cosa que no sucedía antes, a la
vez que cabe la posibilidad de recibir, en teoría,
competencias delegadas por el gobierno de la nación. De
forma paralela, se establece un fondo regional de desarrollo
así como un fondo de cooperación interterritorial que
garantice, en último término, la igualdad entre regiones,
estándose a la espera de una ley orgánica que dé contenido a
estos supuestos. En cuanto a las autoridades de municipios y
regiones, deberán ser elegidas mediante sufragio universal
directo.
El próximo 4 de septiembre de
2015, además de los presidentes de las “baladías”
(ayuntamientos), serán elegidos los presidentes de las
nuevas 12 regiones.
II. Organización administrativa
durante el Protectorado
Para saber hacia dónde vamos
parece oportuno conocer antes de dónde venimos. En la etapa
sub-colonial del Protectorado francés (Tratado de Fez, 12 de
marzo de 2012), más el español en el norte derivado del
primero (jurídicamente, el Protectorado español no dejó de
ser un arriendo del primero), nos encontramos con diferentes
formas de reparto del territorio marroquí (Sultanato en el
centro y sur, Jalifato en el norte) de las que, en cierta
medida, emanaron las ordenaciones tras la Independencia en
1956.
Y matizo.
De hecho en 1954 Marruecos estaba
dividió en doce zonas administrativas, siete en el
Protectorado francés y cinco en el Protectorado español,
emanante del anterior.
Las siete divisiones
administrativas del Protectorado francés eran las
siguientes:
- Rabat
- Casablanca
- Fez
- Mequínez
- Marrakech
- Ujda o Uxda
- Agadir
Por su lado el Protectorado
español dispuso de cinco divisiones administrativas, de
oeste a este:
- Yebala
- Xauen o Gomara
- Lucus
- Rif
- Kert
Mañana abordaremos la
situación administrativa del Marruecos independiente tras la
recuperación del Trono por Mohamed V, abuelo del soberano
actual, en 1956 (CONT).
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