La Empresa Municipal de la Vivienda (Emvicesa) finalizaba
ayer la recogida de la documentación pertiente para optar al
sorteo de las 317 viviendas de protección oficial de Loma
Colmenar, cerrando el plazo, después de que este fuera
abierto el pasado día 21 de julio, con un total de 2.268
solicitudes recogidas..
Tal y como se confirmó desde Emvicesa, pese a que se
presumía que durante este plazo de presentación de
solicitudes podrían producirse algunos incidentes o
altercados por todo lo que está aconteciendo con la
adjudicación de las 317 viviendas de Loma Colmenar,
finalmente el proceso ha transcurrido con la más absoluta
normalidad, no llegándose en ningún momento a producirse una
aglomeración de personas, ya que las colas iniciales, y que
se dieron durante el transcurso de la primera jornada,
estuvieron bien organizadas y las persona que la componían
fueron atendidas con agilidad, estando el promedio de
atención en unas cien personas por hora.
El primer y segundo día de iniciarse el plazo de
presentación de solilcitudes fueron los que más afluencia de
público registraron, pero finalmente, pese a que el goteo ha
sido continuo, en ningún momento ha existido masificación
alguna, situándose la media de atención al público, una vez
afrontado los dos primeros días, en unas 150 personas
diarias.
Durante estos diez días, las oficinas de Emvicesa han estado
atendiendo al público desde las 9.00 a las 13.00 horas y
desde las 17.00 a las 19.00 horas.
Requisitos generales
Para acceder al uso de una vivienda protegida en
arrendamiento, el solicitante habrá de encontrarse inscrito
en el Registro público de demandantes de vivienda y
presentar una solicitud de participación en el sorteo, según
el modelo que se adjunta a las Bases, donde hará constar:
ser español o acreditar la condición de residente en España,
estar inscrito en el Registro de Demandantes de Vivienda de
la Ciudad de Ceuta con una antigüedad mínima de tres meses,
ser mayor de edad, acreditar unos ingresos familiares
ponderados inferiores a 2,5 veces el IPREM, carecer de
vivienda en propiedad, salvo necesidad de vivienda adaptada
para discapacitados y acreditar la residencia en Ceuta con
un mínimo de 48 meses.
Lista provisional
Finalizado el plazo de solicitudes, se hará pública una
lista provisional de solicitantes aspirantes al sorteo en el
Tablón de anuncios de Emvicesa y en la página Web. A partir
del día siguiente a la publicación, se abrirá un plazo para
alegaciones y reclamaciones de 10 días hábiles, las cuales
serán informadas por la Ponencia Técnica designada por la
Comisión Local de la Vivienda. Resueltas las reclamaciones,
se publicará la lista definitiva de solicitantes aspirantes
al sorteo y de los excluidos, con indicación de la causa de
exclusión.
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Las viviendas adaptadas se adjudicarán según el grado
reconocido de discapacidad sumando el factor social
Finalmente, desde Emvicesa se ha
recordado que las viviendas adaptadas para discapacitados
motóricos se adjudicarán de la siguiente forma: Los
solicitantes/unidades familiares que tengan acreditada dicha
discapacidad se ordenarán de mayor a menor según el grado
reconocido, sumando el factor social. Dicha cifra total será
la que determine el orden descendiente del cupo. En caso de
empate, se aplicará el sorteo. Las viviendas reservadas para
los discapacitados no motóricos se ordenarán igualmente de
mayor a menor grado de minusvalía, resolviendo en caso de
empate por sorteo. El número de viviendas disponibles para
discapacitados será el que reste una vez atendidos los
realojos necesarios dentro de las Actuaciones Singulares
acordadas por la Comisión Local de la Vivienda y
determinadas por los servicios Sociales de la Ciudad.
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Se abrirá un plazo de alegaciones al listado provisional
A partir del día siguiente a la
publicación del listado provisional, se abrirá un plazo para
alegaciones y reclamaciones de 10 días hábiles, las cuales
serán informadas por la Ponencia Técnica designada por la
Comisión Local de la Vivienda. Resueltas las reclamaciones,
se publicará la lista definitiva de solicitantes aspirantes
al sorteo y de los excluidos, con indicación de la causa de
exclusión.
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