El Consejo de Ministro aprobó ayer
un Real Decreto de desarrollo reglamentario de la Ley Básica
de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación del 1 de abril de 2014.
El contenido de este Real Decreto
resulta de aplicación directa a las Cámaras Oficiales de
Comercio, Industria, Servicios y Navegación de las Ciudades
de Ceuta y Melilla sobre las que la Administración General
del Estado ostenta las competencias de tutela
administrativa.
Este marco legal hace
imprescindible la actualización y el desarrollo de la
regulación reglamentaria aplicable a las Cámaras, que data
del año 1974, fundamentalmente en lo que se refiere a
aspectos organizativos, electorales, de régimen jurídico y
económico y de alcance de la tutela.
En particular, se articula la
composición y estructura del pleno de las Cámaras, lo que
posibilita la actualización de los censos para la
celebración de procesos electorales --cuya apertura deberá
determinarse por el Ministerio de Economía y Competitividad,
previo acuerdo de las comunidades autónomas-- y la
renovación de sus órganos de gobierno.
Se abordan también el desarrollo
de la tutela y su alcance y la celebración de convenios o
participación en distintas entidades por parte de las
Cámaras de Comercio. A excepción de algunas disposiciones
relativas al régimen electoral, al régimen de protocolo del
presidente de la Cámara de Comercio de España y a la tutela
en materia de comercio exterior, referida al Plan Cameral de
Internacionalización a desarrollar por la Cámara de Comercio
de España, el reglamento no tiene carácter básico.
Según el Gobierno, la
aprobación de este Real Decreto, unido al proceso de
adaptación a la citada Ley de 2014 de su correspondiente
legislación por parte de las comunidades autónomas del
territorio nacional que se está desarrollando, resulta
necesaria para acometer un nuevo proceso electoral en las
Cámaras y completa el marco legal de las mismas.
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