El sustituto de Juan Luis Aróstegui Ruiz como director del
Instituto de Educación Secundaria Puertas del Campo será
Bernardino Cerviño Castro, gallego y hasta ahora director
del IEES Severo Ochoa de Tánger. Así se ha dado a conocer
oficialmente después de que Aróstegui, tras de años al
frente del centro docene, no llegara a alcanzar el baremo
exigido para el puesto.
En este sentido, no sólo se ha conocido el relevo de Juan
Luis Aróstegui al frente del IES Puertas del Campo, sino que
también se ha difundido la relación de directores que a
partir de ahora estarán al cargo de otros institutos de
Educación Secundaria y centros de Educación Infantil y
Primaria
Carlos Luis Benítez Escalera, hasta ahora jefe de Estudios,
estará al cargo del IES Abyla, mientras que Francisco Javier
Rodríguez Rodríguez será el director del IES Almina; María
del Carmen Benítez Ríos será nombrada directora del Centro
de Educación Infantil y Primaria (CEIP) Juan Carlos I y
finalmente María Aránzazu Martell Gutiérrez, hasta ahora
secretaria del centro, estará al cargo del CEIP Reina Sofía,
según los datos oficiales difundidos ayer.
El nuevo modelo educativo de dirección que contempla la
Lomce, elaborado por el gabinete ministerial que dirigía
José Ignacio Wert, está orientado a reforzar el liderazgo
pedadógico y de gestión de los directores de los centros. Se
han incrementado las competencias decisorias.
Pierde fuerza, por tanto el Consejo Escolar. Se atribuye a
los directores competencias para aprobar el proyecto
educativo, así como la aprobación de la programación anual
del centro. Además, aprobar las acciones de calidad, decidir
sobre la admisión de alumnos, la aprobación de la obtención
de recursos complementarios, la fijación de directrices en
materia de colaboración -tanto en fines educativos como
culturales- con administraciones locales o con otros
centros, así como con entidades y organismos.
Resultados
Además, con la nueva normativa, se establece un protocolo
para que los directores rindan cuentas de las decisiones que
tomen, así como de las acciones de calidad y de los
resultados obtenidos al impementarlas.
La doctrina de la nueva ley, la Lomce, establece un modelo
de dirección profesional, alejado del modelo denominado
corporativo, en el que es decisiva la partipación del
claustro. También se halla alejado del modelo
social-corporativo, en el que interviene de manera decisoria
el Consejo Escolar.
Se entiende, pues, en el nuevo modelo que es fundamental que
el director “sea una persona con capacitación adecuada para
ejercer el liderazgo pedagógico y de gestión”. Igualmente,
que sea capaz de mejorar los resultados del centro que
encabeza, un aspecto en cuya valoración “ha de ser
determinante la participación de la administración
educativa, frente al claustro o el consejo escolar”.
El Gobierno entiende que así lo evidencia la modificación
que la Lomce ha introducido en un artículo de la Ley de
Ordenación Educativa, suprimiendo la disposición que
establecía que el proceso de selección de directores de los
centros “debe permitir seleccionar a los candidatos que
obtengan el mayor apoyo de la comunidad educativa”. Siendo
así, carece de sentido vincular la propuesta de nombramiento
de directores con carácter extraordinario al pronunciamiento
del consejo escolar o del claustro. En este sentido, queda
claro, de forma expresa, que los directores son
representantes de la Administración en el centro, y no al
revés.
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