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sociedad - MIÉRCOLES, 1 DE JULIO DE 2015


frontera del tarajal. el pueblo.

medidas
 

El Defensor del Pueblo quiere asistencia letrada en frontera

La institución formula recomendaciones sobre la Ley de Seguridad Ciudadana que afectarían directamente a las “devoluciones en caliente” en Ceuta y Melilla
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La institución del Defensor del Pueblo, que encabeza Soledad Becerril, se ha pronunciado contundentemente en cuanto a las denominadas “devoluciones en caliente”. Así se denomina al rechazo en plena frontera a inmigrantes que son interceptados por las fuerzas de seguridad del Estado tras llegar de Marruecos y son devueltos directamente al vecino país, sin más.

En concreto, desde la oficina del Defensor del Pueblo se han formulado recomendaciones para que la figura del rechazo en frontera que establece la ley respete la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la normativa internacional. Así, se ha recomendado que siempre que se produzca un rechazo en frontera se dicte una resolución administrativa, “con asistencia letrada y de intérprete e indicación de los recursos que se puedan interponer contra ella”.

En dicho procedimiento, el extranjero “deberá recibir información sobre protección internacional y se verificará la posibilidad de acogerse a ella, que no es menor de edad o posible víctima de trata de seres humanos”, siempre según la recomendación efectuada por parte de la oficina del Defensor del Pueblo.

Desde la institución se pone de relieve la importancia de que se desarrolle con “carácter urgente”, y por “disposición reglamentaria”, el procedimiento establecido en la Disposición adicional décima de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros y su integración social, que contempla la necesidad de dictar una resolución administrativa, con asistencia letrada y de intérprete e indicación de los recursos que se podrán interponer contra ella.

El propósito de esta recomendación es garantizar derechos fuundamentales. Uno de ellos es que se deje constancia escrita en dicho procedimiento de que al extranjero se le ha facilitado información sobre protección internacional y que se ha verificado, mediante un mecanismo adecuado de identificación y derivación, las necesidades de protección internacional, que no es menor de edad o la concurrencia de indicios de que pudiera ser víctima de trata de seres humanos. El propósito es garantizar la interpretación del apartado segundo de la Disposición adicional décima de conformidad con la normativa internacional.
 


Recomiendan normas a los cuerpos policiales ante los registros

La oficina del Defensor del Pueblo también ha efectuado determinadas recomendaciones en torno a la protección de derechos de las personas en torno a registro corporales, derecho de reunión y al ejercicio del derecho fundamental a la información.La nueva Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana entra en vigor hoy, día 1 de julio.

Básicamente, se recomienda a las diversas administraciones competentes que, con carácter de urgencia, elaboren instrucciones dirigidas a los funcionarios policiales con el objetivo de que se interpreten y apliquen determinados preceptos de manera satisfactoria para el respeto de los derechos fundamentales que se encuentran en juego.

Por un lado, que se ordene la obligatoria remisión inmediata al Juzgado competente y a la Fiscalía de la diligencia de registro corporal externo, de sus causas y de la identidad del agente que la adoptó, que han de constar por escrito.

El propósito de la Recomendación es impedir cualquier posible extralimitación policial y garantizar el derecho fundamental a la intimidad, que se vería reforzado mediante un control judicial y fiscal inmediato.

En cuanto al derecho de reunión, pretende impedir sanciones que pudieran menoscabar, o desincentivar, el libre ejercicio de los derechos fundamentales.

Por otra parte, recomienda, con respecto al artículo 36.23 de la Ley, que no se interprete la expresión “uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales” en el sentido de que se exija una autorización administrativa previa para la difusión de tales imágenes o datos. La nueva ley ha suscitado numerosas críticas y ha sido denominada incluso como “ley mordaza”.
 

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