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economía - LUNES, 29 DE JUNIO DE 2015

 

TRIBUNALES

Un juzgado ceutí declara nulo un
contrato de acciones de Bankia

CEUTA
VSC

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Los juzgados ceutíes han vuelto a dictar otra sentencia contra Bankia, en este caso por una compra de acciones en 2011 después de que la entidad saliera a bolsa. La sentencia declara la nulidad del contrato de acciones por falsedad en las cuentas, condenando a Bankia a devolver el importe de la suscripción más los intereses legales desde la fecha de la suscripción, según explica Carlos Alonso, el letrado que ha llevado el caso.

La importancia de este pronunciamiento, señala el abogado a EL PUEBLO, radica en que se declara la nulidad no por las circunstancias personales del cliente, sino por la falsedad de las cuentas, por lo que cualquier ciudadano, tanto con conocimientos en materia financiera como sin ellos puede recuperar su inversión.

En este caso, el cliente había contratado con anterioridad productos de riesgo, pero la falsedad en las cuentas de Bankia para salir a bolsa ha sido la clave para que el afectado pueda recuperar su dinero. Así, se da un paso más para que aquellos que se vieron involucrados en la compra de acciones de Bankia puedan optar a recuperar su dinero. No obstante, el plazo para hacerlo no está del todo claro.

Hasta cuándo reclamar

La ley del mercado de valores establece que el plazo para reclamar es de tres años desde que el reclamante hubiera podido tener conocimiento de la falsedad de salida a bolsa. Si se toma como fecha de este conocimiento el día que se reformularon las cuentas de Bankia, el 25 de mayo de 2012, el plazo ya habría finalizado. Sin embargo, algunos letrados exponen que también se puede empezar a contar el plazo a partir de la publicación del informe de los peritos designados por el juez de la Audiencia Nacional donde concluían que las cuentas no reflejaban una imagen fiel de la entidad. Con este criterio, que debe ser aceptado por el juez, el plazo acabaría a finales de 2017.

Ante la sentencia de Ceuta, Alonso apunta que Bankia planteó una cuestión de prejudicialidad penal, solicitando que se suspendiese el procedimiento hasta que se dictara sentencia del que se está instruyendo en la Audiencia Nacional por la misma causa. Sin embargo, la jueza que ha llevado el procedimiento desestimó este motivo entendiendo que la falsedad se puede demostrar por otras vías.
 

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