Los juzgados ceutíes han vuelto a dictar otra sentencia
contra Bankia, en este caso por una compra de acciones en
2011 después de que la entidad saliera a bolsa. La sentencia
declara la nulidad del contrato de acciones por falsedad en
las cuentas, condenando a Bankia a devolver el importe de la
suscripción más los intereses legales desde la fecha de la
suscripción, según explica Carlos Alonso, el letrado que ha
llevado el caso.
La importancia de este pronunciamiento, señala el abogado a
EL PUEBLO, radica en que se declara la nulidad no por las
circunstancias personales del cliente, sino por la falsedad
de las cuentas, por lo que cualquier ciudadano, tanto con
conocimientos en materia financiera como sin ellos puede
recuperar su inversión.
En este caso, el cliente había contratado con anterioridad
productos de riesgo, pero la falsedad en las cuentas de
Bankia para salir a bolsa ha sido la clave para que el
afectado pueda recuperar su dinero. Así, se da un paso más
para que aquellos que se vieron involucrados en la compra de
acciones de Bankia puedan optar a recuperar su dinero. No
obstante, el plazo para hacerlo no está del todo claro.
Hasta cuándo reclamar
La ley del mercado de valores establece que el plazo para
reclamar es de tres años desde que el reclamante hubiera
podido tener conocimiento de la falsedad de salida a bolsa.
Si se toma como fecha de este conocimiento el día que se
reformularon las cuentas de Bankia, el 25 de mayo de 2012,
el plazo ya habría finalizado. Sin embargo, algunos letrados
exponen que también se puede empezar a contar el plazo a
partir de la publicación del informe de los peritos
designados por el juez de la Audiencia Nacional donde
concluían que las cuentas no reflejaban una imagen fiel de
la entidad. Con este criterio, que debe ser aceptado por el
juez, el plazo acabaría a finales de 2017.
Ante la sentencia de Ceuta, Alonso apunta que Bankia planteó
una cuestión de prejudicialidad penal, solicitando que se
suspendiese el procedimiento hasta que se dictara sentencia
del que se está instruyendo en la Audiencia Nacional por la
misma causa. Sin embargo, la jueza que ha llevado el
procedimiento desestimó este motivo entendiendo que la
falsedad se puede demostrar por otras vías.
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