El Grupo Socialista recurrirá ante el Tribunal
Constitucional la disposición adicional décima de la Ley de
Extranjería que introdujo el PP mediante la Ley de Seguridad
Ciudadana y que creó el concepto del “rechazo en frontera”,
una figura jurídica aplicable sólo en Ceuta y Melilla a fin
de amparar la devolución sobre la marcha a Marruecos de los
inmigrantes interceptados en el salto de las vallas.
Según han informado a Europa Press en fuentes del PSOE, la
decisión se ha adoptado tras revisar a fondo el contenido de
esta nueva disposición adicional, que está bajo estudio de
dos expertos en derecho constitucional y extranjería.
Este precepto, en vigor desde el pasado 1 de abril, será
recurrido junto a gran parte del articulado de la Ley de
Seguridad Ciudadana, como ya anunció en rueda de prensa el
portavoz parlamentario de la formación, Antonio Hernando,
tras la aprobación de la norma, que salió adelante con los
votos del PP y Unión del Pueblo Navarro.
En aquel momento, dejó la puerta abierta a recurrir también
la parte tocante a extranjería y lo condicionó, por un lado,
a un análisis en profundidad de sus implicaciones y, por
otro, a una reunión con el Alto Comisionado de Naciones
Unidas sobre los Refugiados (ACNUR).
Las fuentes consultadas explican que si bien la reunión con
la institución humanitaria está aún pendiente de celebrarse,
la decisión de recurrir también este precepto ya ha sido
adoptada y en ella trabajan en la actualidad los expertos
convocados por el Grupo Socialista.
Para presentar el recurso de inconstitucionalidad, el PSOE
requiere de la firma de al menos 50 diputados, cifra que
supera con 110 en su bancada, y dispone de un plazo de tres
meses a partir de la entrada en vigor de la ley. Además,
puede contar con diputados de otras formaciones, a quienes
Hernando tendió la mano en este sentido.
En este caso, el texto íntegro de Seguridad Ciudadana no
estará vigente hasta el 1 de julio, pero la nueva
Disposición Adicional Décima que introdujo en la Ley de
Extranjería sobre el “Régimen especial de Ceuta y Melilla”
se hizo realidad el 1 de abril, un día después de su
publicación en el BOE.
El texto establece que “los extranjeros que sean detectados
en la línea fronteriza de la demarcación territorial de
Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de
contención fronterizos para cruzar irregularmente la
frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada
ilegal en España”.
Dice a continuación que “en todo caso, el rechazo se
realizará respetando la normativa internacional de derechos
humanos y de protección internacional de la que España es
parte” y fija que “las solicitudes de protección
internacional se formalizarán en los lugares habilitados al
efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a
lo establecido en la normativa en materia de protección
internacional”.
|