El Gobierno de Ceuta anunció en el día de ayer miércoles, a
través de una nota de prensa, que el Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número 1 de Ceuta ha acordado “el
sobreseimiento libre y archivo” de las actuaciones seguidas
a raíz de la denuncia presentada contra la consejera de
Presidencia, Gobernación y Empleo, Yolanda Bel, por
contratos de suministro celebrados entre este departamento y
la empresa Kibesan 2000, SL.
Según el Gobierno de Vivas, la titular de este Juzgado
manifiesta que de los documentos aportados por la entidad
denunciante “no existe ninguno que ponga de manifiesto el
delito” de prevaricación que se le imputaba a la consejera,
como tampoco existe “indicio alguno de comisión de hecho
delictivo por el negociado administrativo de contratación en
cuestión, ni mucho menos” por Bel, añade la magistrada.
En el auto, la juez asegura que en el presente caso se
siguió “el procedimiento legalmente establecido tanto para
la contratación de los materiales suministrados”, y que “la
empresa Kibesan 2000 ha cumplido”, como en lo referente a
“los requisitos fiscales necesarios” para realizar el
suministro (objeto social), del mismo modo que la Ciudad
Autónoma ha cumplido con “las formalidades legales”. Y “nada
hay que imputar a la señora Bel, dado que de la instrucción
practicada, ninguna irregularidad ha habido, ni directa ni
indirecta, que enturbie el ejercicio a ella encomendado”,
aclara la titular del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción número 1 de Ceuta.
Del mismo modo –continúa el auto– “no es posible hablar de
una actuación arbitraria o inmotivada” y “menos aún puede
estimarse que la actuación administrativa haya incurrido en
una ilegalidad evidente, patente, flagrante y clamorosa,
como viene exigiendo la doctrina jurisprudencial, por lo que
no puede apreciarse que la actuación denunciada pueda ser
constitutiva del delito de prevaricación denunciado, al no
concurrir los preceptos legales para su apreciación”.
Por todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley
de Enjuiciamiento Criminal, la titular Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número 1 de Ceuta decreta el archivo
de las actuaciones.
Hay que recordar que la denuncia contra la Consejera de
Presidencia, Gobernación y Empleo, Yolanda Bel, por los
presuntos delitos de prevaricación y tráfico de influencias
fue presentada por la Asociación Anticorrupción “Conciencia
Libre”. La denuncia fue presentada ante la Fiscalía y estaba
relacionada con el denominado “caso Kibesan”, por el
presunto fraccionamiento de pagos realizado a la citada
empresa para la adquisición de material para los
trabajadores de los Planes de Empleo.
La denominada Asociación “Conciencia Libre” pedía que se
investigara las posibles responsabilidades penales en la
actuación de la Consejera de Presidencia, Gobernación y
Empleo, Yolanda Bel, al presentarse una serie de facturas
con importes todas ellas inferiores a los 3.000 euros, que
no requerían más control que la simple adjudicación directa,
aunque el volúmen total era susceptible de convocar un
concurso público de adjudicación, el cual se había eludido
con esta prática, lo que también suponía impedir la
posibilidad de concurrencia de otras empresas a contratos de
interés público y, por tanto, coartar la libertad de libre
mercado, así como la opción legítima de posibles
competidores, defendía la Asociación “Conciencia Libre”.
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