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sucesos - JUEVES, 9 DE ABRIL DE 2015


La consejera Yolanda Bel. EL PUEBLO

‘CASO KIBESAN’
 

El Juzgado archiva la denuncia contra Bel por el ´caso Kibesan´

La jueza asegura que el contrato cumplió con los preceptos legales y que “no es posible hablar de una actuación arbitraria o inmotivada”
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Gobierno de Ceuta anunció en el día de ayer miércoles, a través de una nota de prensa, que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ceuta ha acordado “el sobreseimiento libre y archivo” de las actuaciones seguidas a raíz de la denuncia presentada contra la consejera de Presidencia, Gobernación y Empleo, Yolanda Bel, por contratos de suministro celebrados entre este departamento y la empresa Kibesan 2000, SL.

Según el Gobierno de Vivas, la titular de este Juzgado manifiesta que de los documentos aportados por la entidad denunciante “no existe ninguno que ponga de manifiesto el delito” de prevaricación que se le imputaba a la consejera, como tampoco existe “indicio alguno de comisión de hecho delictivo por el negociado administrativo de contratación en cuestión, ni mucho menos” por Bel, añade la magistrada.

En el auto, la juez asegura que en el presente caso se siguió “el procedimiento legalmente establecido tanto para la contratación de los materiales suministrados”, y que “la empresa Kibesan 2000 ha cumplido”, como en lo referente a “los requisitos fiscales necesarios” para realizar el suministro (objeto social), del mismo modo que la Ciudad Autónoma ha cumplido con “las formalidades legales”. Y “nada hay que imputar a la señora Bel, dado que de la instrucción practicada, ninguna irregularidad ha habido, ni directa ni indirecta, que enturbie el ejercicio a ella encomendado”, aclara la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ceuta.

Del mismo modo –continúa el auto– “no es posible hablar de una actuación arbitraria o inmotivada” y “menos aún puede estimarse que la actuación administrativa haya incurrido en una ilegalidad evidente, patente, flagrante y clamorosa, como viene exigiendo la doctrina jurisprudencial, por lo que no puede apreciarse que la actuación denunciada pueda ser constitutiva del delito de prevaricación denunciado, al no concurrir los preceptos legales para su apreciación”.

Por todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la titular Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ceuta decreta el archivo de las actuaciones.

Hay que recordar que la denuncia contra la Consejera de Presidencia, Gobernación y Empleo, Yolanda Bel, por los presuntos delitos de prevaricación y tráfico de influencias fue presentada por la Asociación Anticorrupción “Conciencia Libre”. La denuncia fue presentada ante la Fiscalía y estaba relacionada con el denominado “caso Kibesan”, por el presunto fraccionamiento de pagos realizado a la citada empresa para la adquisición de material para los trabajadores de los Planes de Empleo.

La denominada Asociación “Conciencia Libre” pedía que se investigara las posibles responsabilidades penales en la actuación de la Consejera de Presidencia, Gobernación y Empleo, Yolanda Bel, al presentarse una serie de facturas con importes todas ellas inferiores a los 3.000 euros, que no requerían más control que la simple adjudicación directa, aunque el volúmen total era susceptible de convocar un concurso público de adjudicación, el cual se había eludido con esta prática, lo que también suponía impedir la posibilidad de concurrencia de otras empresas a contratos de interés público y, por tanto, coartar la libertad de libre mercado, así como la opción legítima de posibles competidores, defendía la Asociación “Conciencia Libre”.
 

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