La formación política de Caballas ha solicitado al Comité de
Peticiones del Parlamento Europeo que Ceuta cuente, a los
efectos de la distribución de los fondos comunitarios, con
una consideración similar a las Regiones Ultraperiféricas.
Y que en su defecto, que el cálculo del Productor Interior
Bruto (PIB) per cápita se efectúe depurando los efectos
distorsionadores que puedan ocasionar los mecanismos de
compensación por la insularidad, y en especial el Plus de
Residencia de carácter indemnizatorio y no retributivo en
sentido estricto.
Así lo refleja el portavoz de la formación localista,
Mohamed Alí, en el escrito que que enviará al organismo
europeo y que ayer fue hecho público a los medios de
comunicación.
Todo ello viene en consonancia con las afirmaciones que el
europarlamentario de Primavera Europea, Jordi Sebastiá,
realizó en su última visita el pasado 16 de enero. En
aquella ocasión, el eurodiputado de Primavera Europea Jordi
Sebastiá se comprometió a exiir ante la Comisión de
Peticiones de la Unión Europea que se cambie la calificación
de Ceuta como región desarrollada y que esta vuelva a ser
una región en transición y, por tanto, que lleguen más
fondos de cohesión hasta ella. Para el eurodiputado de la
coalición donde se integra Caballas, Ceuta se encuentra en
una “situación esquizofrénica” dada su alta tasa de paro, el
alto nivel de pobreza, la desigualdad social, las barriadas
deprimidas que tiene, o el hecho de ser una zona fronteriza.
Así y en su escrito, Mohamed Alí razona que tanto los fondos
Estructurales como los Fondos de Cohesión, que forman parte
de los denominados Fondos Comunitarios, atienden a la
finalidad de favorecer un mayor grado de cohesión económica
y social en el espacio comunitario.
Como consecuencia de ello se deriva, de manera automática e
irrefutable, que su distribución debe fundamentarse en la
situación socio-económica de cada Estado-miembro, y de cada
región, en términos comparativos en el seno de la propia
Unión Europea. Para ello resulta imprescindible contar con
un instrumento de medida objetivo, uniforme, y fiable. Hemos
de tener en cuenta que las políticas de desarrollo afectan
de lleno a los derechos políticos fundamentales de los
ciudadanos europeos, como así viene recogido en el tratado
fundacional de la UE.
El indicador utilizado por la Unión Europea para determinan
el nivel de riqueza de las diversas regiones que la componen
es el denominado “PIB per cápita, medido en paridad de poder
de compra”. La estimación de esta magnitud, y su relación
con la media del conjunto de la UE, es la que clasifica a
las regiones para su acceso a los fondos previstos en los
Fondos Comunitarios.
Imagen distorsionada
Se trata, sin duda, de un indicador objetivo y uniforme. Sin
embargo, es obligado plantearnos si es fiable en todos los
casos; o si por el contrario, su excesiva simplificación
puede ofrecer, en determinadas ocasiones, una visión
distorsionada de la realidad, y con ello, lesionar
gravemente los derechos de los ciudadanos afectados. Tal es
el caso de Ceuta.
Ceuta es una región de España que para el nuevo Marco
Comunitario 2014/2020 aparece encuadrada entre las “regiones
más desarrolladas”, ya que su “PIB per cápita, medido en
paridad de poder de compra”, supera el 90% de la media
comunitaria. Esta clasificación supone, en sí misma, una
inaceptable paradoja. Los datos oficiales, sobradamente
conocidos por las instituciones de la Unión Europea,
describen una realidad que dista enormemente de lo que se
puede considerar una “Región más Desarrollada”: el índice de
paro supera el 38% de la población activa (72% de paro
juvenil); más del 40% de su población se sitúa por debajo
del umbral de la pobreza (el 25% en el tramo de pobreza
extrema); y el fracaso escolar se sitúa también a la cabeza
de Europa (el 52% de la población no supera los estudios
obligatorios).
Inconcebible
A la vista de estos datos, resulta inconcebible que Ceuta se
pueda calificar como una región desarrollada. Este error de
medición supone, a nuestro juicio, una distribución injusta
de los fondos comunitarios que ralentiza el desarrollo
económico y el proceso de cohesión y que, en consecuencia,
lesiona los derechos e intereses de los ceutíes.
No resulta muy complicado desentrañar las claves de esta
evidente contradicción. Ceuta, por su situación
geoestratégica, está dotada de una singularidad que la
convierte en una excepción y como tal debe ser tratada. Las
dificultades intrínsecas y extrínsecas para favorecer un
modelo de desarrollo económico, autosuficiente y sostenible,
deberían haber sido argumentos más que suficientes para que
Ceuta tuviera, a los efectos de la distribución de los
fondos comunitarios, un tratamiento excepcional equivalente
al de “Región Ultraperiférica” (de hecho reúne todos los
requisitos excepto la distancia, y aún así este es
discutible, no en kilómetros, pero sí en tiempo). Esta sería
la solución natural al problema ocasionado.
Sin embargo, no ha sido así, y se le dispensa (erróneamente)
un trato equivalente al de cualquier otra comunidad. Pero no
se ha tomado en consideración que la dificultad ya señalada
para impulsar el desarrollo socio-económico (y que consta en
todos los diagnósticos elaborados al efecto), es compensada
con una mayor influencia del Estado en la actividad
económica. A través de una doble vía: por un lado con una
mayor presencia de servicios públicos (aproximadamente el
50% de la actividad corresponde al sector público); y con la
aplicación de mecanismos de compensación, de modalidades
diversas, que afectan a las rentas y la fiscalidad. Uno de
ellos, denominado “Plus de Residencia”, es un componente
importante de la retribución de los empleados públicos de
Ceuta (se puede estimar en torno a un 40% del total, con
carácter general). El importante peso específico del empleo
público en la Ciudad, unido al notable aumento de las
retribuciones por el Plus de Residencia, desnaturaliza la
“media aritmética (PIB per cápita)” como indicador del grado
de riqueza de la Ciudad, arrojando un diagnóstico
incorrecto. Para que el PIB ofreciera una visión exacta de
la realidad, debería ser depurado. El Plus de Residencia,
que por definición tiene un carácter indemnizatorio, no
puede ser considerado como “renta”, ya que incrementa
artificial e injustamente el concepto “en paridad de
compra”. Si no se revisa el modo en que se evalúa la
situación de Ceuta, para determinar su acceso a los fondos
comunitarios, se están lesionando los derechos de los
ceutíes, concluye.
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