La Ciudad Autónoma de Melilla lleva más de un año trabajando
junto al Gobierno central para intentar acabar con uno de
los grandes problemas que sufren ambas ciudades autónomas
desde hace meses, como es la presencia de tantos menores
extranjeros no acompañados en las calles sin control de la
Administración local, que es la que tiene su tutela (400
según la Asociación Unificada de Guardias Civiles). El
Ejecutivo melillense pidió para ello una reforma de la Ley
de Protección al Menor, cuyo proyecto acaba de ser publicado
en el Boletín del Congreso, en el que las Ciudades Autónomas
de Melilla y Ceuta tendrán potestad para ajustarla a sus
“condiciones particulares”.
La clave está en la disposición final séptima del Proyecto
de Ley de modificación del sistema de protección a la
infancia y a la adolescencia, que el Gobierno ha remitido ya
al Congreso de los Diputados y que fue publicado en el
Boletín Oficial de esta institución el pasado 27 de febrero.
Esta disposición final séptima, ubicada en la última de las
54 páginas de las que consta este proyecto, se centra en el
“Desarrollo reglamentario de las Ciudades de Ceuta y
Melilla”, y dice textualmente que las dos Ciudades
Autónomas, “en ejercicio de su potestad reglamentaria,
podrán desarrollar el contenido de la presente ley de
acuerdo con los criterios y circunstancias en ella
contenidos, al objeto de ajustarlo a las condiciones
particulares de estas, en desarrollo de su capacidad
reglamentaria y dentro del alcance de la misma”.
En otras palabras, esto supone una “habilitación normativa”
a las Ciudades de Ceuta y Melilla, que acogen a una
importante cantidad de menores extranjeros no acompañados
por su condición fronteriza con Marruecos y el anhelo de
estos jóvenes por llegar a Europa de manera clandestina.
Para intentar conseguirlo, tratan a diario de colarse en los
barcos que van hacia la península, de ahí que no quieran
quedarse en el centro de acogida y prefieran deambular por
el centro y la zona de las escolleras. La Ciudad Autónoma
insiste en que, tal y como está planteada la Ley del Menor
actualmente, es imposible obligar a estos chicos a que se
queden en los centros de acogida.
De ahí que el Gobierno haya accedido a introducir cambios en
la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor,
justificando que de esta manera se adaptan “los principios
de actuación administrativa a las nuevas necesidades que
presenta la infancia y la adolescencia en España, tales como
la situación de los menores extranjeros, los que son
víctimas de violencia y la regulación de determinados
derechos y deberes”.
Los menores extranjeros
Sobre los menores extranjeros no acompañados, el proyecto de
Ley refuerza en el artículo 10 las medidas para facilitar el
ejercicio de los derechos de los menores y se establece un
marco regulador adecuado de los relativos a los menores
extranjeros, reconociendo sus derechos a la educación, a la
asistencia sanitaria y a los servicios sociales.
Asimismo, se reconoce el derecho a obtener la preceptiva
documentación de residencia a todos los menores extranjeros
que estén tutelados por las entidades públicas una vez que
haya quedado acreditada la imposibilidad de retorno con su
familia o al país de origen. En el caso de Ceuta, al igual
que el de Melilla, prácticamente todos los menores
extranjeros son de Marruecos.
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La nueva Ley destaca el principio de la prioridad de la
familia de origen, para procurar “el restablecimiento de la
convivencia familiar”
La nueva Ley destaca el principio
de la prioridad de la familia de origen, “la Entidad Pública
deberá elaborar un plan individual de protección en el que
se incluirá un programa de reintegración familiar, cuando
esta última sea posible”, apunta el proyecto de Ley, en el
que “se prevé la reagrupación familiar de los menores
extranjeros no acompañados”. “Se procurará la búsqueda de su
familia y el restablecimiento de la convivencia familiar,
iniciando el procedimiento correspondiente, siempre que se
estime que dicha medida responde a su interés superior y no
coloque al menor o a su familia en una situación que ponga
en riesgo su seguridad”, apunta el proyecto de Ley, para la
que se ha establecido un plazo de enmiendas de 15 días
hábiles que terminará el 17 de marzo. Después empezará el
debate para su aprobación y entrará en vigor a los veinte
días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
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