Comisiones Obreras ha presentado enmiendas al “Proyecto de
Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la
Administración de Justicia y del Registro Civil” dirigidas a
los grupos parlamentarios para su defensa.
Las enmiendas pretenden garantizar que la ley 20/2011 del
Registro Civil contenga que éste seguirá siendo un servicio
público, propio de la Administración de Justicia y servido
en exclusiva por personal funcionario de esta administración
Entre las enmiendas presentadas por sindicato para que sean
defendidas por los grupos parlamentarios en el debate
destacan algunas de ellas. Como que el Registro Civil
constituye un servicio propio de la Administración de
Justicia. Las plazas de Encargados del se proveerán entre
funcionarios del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios
judiciales.
Las plazas de las Oficinas del Registro Civil se proveerán
entre funcionarios de los Cuerpos al Servicio de la
Administración de Justicia.
Los ciudadanos podrán presentar la solicitud y la
documentación necesaria para las actuaciones ante el
Registro Civil en los Juzgados de Paz y Juzgados que no sean
sede de Oficinas de Registro Civil.
Todas las oficinas de Registro Civil serán servidas de forma
exclusiva por el personal funcionario al servicio de la
Administración de Justicia.
Todo el personal funcionario al servicio de la
Administración de Justicia que, en el momento de la entrada
en vigor de la presente Ley, esté prestando servicios con
destino definitivo en los Registros Civiles Central o
Únicos, allá donde los hubiere, o estén prestando servicio
en las oficinas judiciales con funciones de Registro Civil,
seguirá desarrollando sus funciones en las oficinas en las
que se ubiquen en la misma localidad, con carácter
definitivo.
En aplicación de esta Ley permanecerá inalterable el número
de puestos de trabajo de cada cuerpo de funcionarios de
Justicia existente en cada localidad del Estado y ningún
trabajador, titular o interino, verá disminuidas sus
retribuciones.
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