Un total de 16 guardias civiles tendrán que prestar
declaración en calidad de imputados ante el Juzgado de
Instrucción número 6 de Ceuta por lo sucedido el 6 de
febrero de 2014 junto a la playa del Tarajal, donde al menos
15 migrantes perdieron la vida intentando alcanzar a nado
suelo español mientras agentes del Instituto Armado
disparaban pelotas de goma y botes de humo para disuadirles.
En la resolución la jueza cita a declarar a un total de 16
agentes, que deberán comparecer de cuatro en cuatro entre el
3 y el 11 de marzo ante el juzgado, que retoma así la
instrucción de la causa después de que la Audiencia Nacional
rechazase hacerse cargo de la misma por considerar que el
tribunal ceutí tenía competencias para hacerlo.
Los citados a declarar son un capitán de la Guardia Civil,
un sargento, un teniente y trece guardias civiles que
estuvieron presentes la mañana de los hechos en el
despliegue policial organizado en la playa del Tarajal.
La citación hace referencia al artículo 118 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, el mismo que regula el derecho de
defensa ante la imputación por un acto punible, es decir,
que los guardias civiles declararán en calidad de imputados.
La instrucción se abrió para investigar un presunto delito
de homicidio por imprudencia y trata de dilucidar si la
actuación de las fuerzas de seguridad en la playa aquella
mañana tuvo relación causa efecto con las muertes de al
menos cinco migrantes, aquellos cuyos cadáveres fueron
recuperados en aguas españolas.
Es la primera vez desde que se iniciaron las actuaciones
judiciales a instancias de un grupo de ONG entre las que
figuran la Coordinadora de Barrios y CEAR, que agentes de la
guardia civil comparecerán ante el juzgado.
Hasta el momento, la magistrada había tenido conocimiento de
su versión de los hechos mediante un informe elaborado por
la Policía Judicial de la Comandancia en Ceuta que
recopilaba declaraciones de los presentes aquella mañana en
el Tarajal.
El testimonio del capitán llamado ahora a declarar, actual
capitán jefe de la Unidad de la Compañía Rural de Seguridad
de Ceuta, figuraba en aquel informe. Fue, según él mismo
relató, quien gestionó la entrega a Marruecos de los 23
migrantes que consiguieron llegar hasta la playa española
mediante la puerta de servicio de la valla.
Este capitán declaró que cuando llegó a la zona del espigón
ya había agentes desplegados tanto de su compañía como de
los GRS de Sevilla y sonaban “detonaciones”, mientras los
inmigrantes se “agolpaban” en la punta del espigón “creando
un embudo” del que podía ver cómo “se empujan y apelotonan”.
Dijo también que se dirigió hasta el espigón del Tarajal y
allí mismo pidió “un fusil a un agente y varias pelotas” con
los que efectuó varios disparos, en “un acto reflejo” para
que el resto de los agentes “vieran que su jefe se implicaba
como ellos en intentar evitar el paso de la frontera” y
darles ejemplo, pues “una vez hizo los disparos devolvió el
arma entendiendo que los guardias civiles que allí estaban
habían entendido el modo de usarlas”.
En cuanto al teniente, que presta servicio en los GRS
(antidisturbios) de Sevilla, unidad que estaba prestando
apoyo en Ceuta en aquel momento, ordenó el despliegue de los
agentes de esta unidad en la playa y dio las “indicaciones”
tanto a su equipo como al sargento Jefe Táctico del MIR “por
las que se deben seguir en el empleo del lanzamiento de
medios antidisturbios”.
En su declaración, destacó que “todos los lanzamientos se
hicieron conforme a la doctrina”. “Si bien en la misma se
recoge la distancia de 25 metros, esta distancia es referida
a la distancia mínima a la que se debe lanzar cuando en tiro
tenso se pretende alcanzar algún objetivo. En el caso que
nos ocupa, la intención no era de alcanzar a ninguna
persona, sino (...) canalizar a las personas que se
encontraban nadando en el agua, siendo estos los únicos
medios de canalización disponibles”, declaró.
No obstante, conforme recoge su declaración, “se dio las
instrucciones de no disparar a nadie y asegurarse de ello
guardando siempre una distancia prudencial entre el impacto
de la pelota en el agua y el nadador, así como el
intercalado de munición de salvas”.
Respecto al sargento, que estaba a las órdenes del teniente
de grupo, “transmitió la orden de tener certeza absoluta de
que impactaran los medios a una distancia segura en
evitación de que pudieran dañar a alguna persona,
estableciendo una zona segura para evitar que los
inmigrantes nadaran hacia las rocas del espigón o zona de
profundidad y así facilitarles alcanzar la orilla con
seguridad”, según recogió el informe de su primera
declaración.
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Las ONG’s manifiestan que además del uso excesivo de la
fuerza, también se produjeron expulsiones sumaria a
Marruecos
Además de las denuncias de uso
excesivo de la fuerza por parte de las ONG’s, también se
destaca que se produjo la expulsión sumaria a Marruecos de
un grupo de 23 personas que consiguieron llegar a la Playa
de El Tarajal “supuso una violacion de normas
internacionales de derechos humanos vinculantes para
España”. En este sentido, las organizaciones no
gubernamentales manifiestan que estas personas fueron
devueltas de forma sumaria a Marruecos “sin que se les diera
la oportunidad de pedir asilo o recurrir contra la
expulsión”. A este respecto el Ministerio del Interior alegó
que las devoluciones eran compatibles con la legislación
española y con las obligaciones internacionales de España
porque los migrantes no habían cruzado la frontera española.
“Sin embargo, resulta indudable que las personas afectadas
fueron expulsadas de territorio español, pues llegaron a la
playa de el Tarajal y se encontraban bajo jurisdicción
española cuando fueron detectadas por la Guardia Civil
española”.
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