El Grupo Parlamentario Caballas ha dado a conocer una de las
propuestas que ha presentado para la sesión plenaria que se
celebrará el próximo día 5 de febrero, y a través de la cual
pretende que se solicite a la Comisión de Peticiones del
Parlamento Europeo la revisión, y modificación en su caso,
de los criterios utilizados para determinar el nivel de
riqueza de la Ciudad de Ceuta, de manera que reflejen con
fidelidad la realidad de nuestra Ciudad.
Para llevar a cabo esta propuesta, el Grupo Parlamentario
Caballas destaca que en virtud de lo dispuesto en el
artículo 227 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea, todo ciudadano europeo, actuando a título
individual o junto con otros, puede ejercer su derecho de
petición ante el Parlamento Europea, a través de la Comisión
de Peticiones, sobre asuntos que pertenezcan al ámbito de la
Unión Europea, y que les afecten directamente. Podríamos
decir que la Comisión de Peticiones equivale a la figura del
“Defensor del Pueblo en la Unión Europea”.
En este sentido, Caballas considera que éste puede ser un
mecanismo apropiado, y útil, en orden a corregir lo que, a
nuestro juicio, constituye una flagrante injusticia, como es
la de calificar Ceuta como Región Desarrollada a la hora de
asignar los Fondos Europeos. No se puede entender, ni
aceptar, que una región que tiene un paro de 34% de su
población activa (72% de paro juvenil), cuyo 40% de la
población esté bajo el umbral de la pobreza, y que está a la
cabeza del fracaso escolar, sea considerada una región
“rica”, y, en consecuencia, se nos prive de los fondos que
la Unión Europea destina a la cohesión social y al
desarrollo. Desde nuestro punto de vista, esta privación
supone una vulneración de los derechos de las ciudadanas y
ciudadanos de Ceuta.
El origen de este agravio se encuentra en el método
utilizado para medir la riqueza de nuestra Ciudad. El enorme
peso del sector público en el conjunto de la economía local,
y el hecho de que los salarios de los empleados públicos se
vean sustancialmente incrementados como consecuencia de la
indemnización por residencia (en torno a un tercio de la
masa salarial), elevan “artificialmente” la media aritmética
produciendo un efecto estadístico perverso que desvirtúa la
realidad de nuestra Ciudad.
Caballas considera que el plus de residencia no puede ser
considerado como “renta ordinaria”, ya que la propia ley lo
concibe como una “indemnización” y por tanto “no computable”
a los efectos de determinar el nivel de riqueza de la
Ciudad.
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