Por si alguien no lo sabe, el contrato menor permite a los
dirigentes públicos adjudicar directamente a un empresario
de su libre elección, sin justificar los motivos de dicha
decisión, sin publicidad ni concurrencia, un contrato de
obras (hasta 50.000 euros) o servicios y suministros (hasta
18.000 euros)
Pero el contrato menor tiene mala fama, ya que está siendo
uno de los mecanismos para adjudicar contratos a empresarios
con los que se ha concertado una “mordida” o comisión a
cambio de dicha adjudicación. El abuso de la utilización del
contrato menor ha terminado por generar vergüenza ajena,
pero los dirigentes públicos rápidamente han buscado reparos
cosméticos. Y, sin mayores consideraciones, lo han
encontrado: “que al menos se acredite que se han solicitado
tres ofertas”. Y así, se ha extendido este “Bálsamo de
Fierabrás” que cura los males del contrato menor. Las
regulaciones legales o administrativas, en todas su
versiones, fijan unas cuantías a partir de las cuales “se
solicitarán tres ofertas”.
Ha nacido un híbrido, “el contrato menor con tres ofertas”,
una adjudicación directa pero con apariencia de concurrencia
de ofertas, que no está regulado en ninguna norma legal
básica, y que coloca a las diferentes Administraciones
contratantes en una labor normativa para lo que tienen
competencia.
Estoy convencido que entre los impulsores de esta medida hay
gestores públicos con buenas intenciones. Respeto su deseo
reformador. Pero debo manifestar que a mi juicio el
“contrato menor con tres ofertas” es una mala idea, porque
se adjudica sin criterios conocidos, objetivados. Sin
ponderación de los criterios de adjudicación. Sin pliegos
que definan la característica de lo que se pretende
contratar. Se adjudica sin motivación.
También propicia la imagen de una contratación en la que el
poder adjudicador tiene la potestad mayestática y
exorbitante de decidir libremente quien gana. Usted
participe que yo decido quién gana (y además, yo diré quién
participa). No salimos del oscurantismo.
Y además favorece corruptelas entre los propios empresarios
que buscarán testaferros para presentar las dos ofertas que
sumen tres.
La erradicación del contrato menor pasa por la adjudicación
de estos contratos mediante procedimiento abierto
simplificado. Un auténtico procedimiento abierto
simplificado. Igualmente el procedimiento negociado por
motivo del importe debe salir de los sótanos. Con luz y
taquígrafos. Con publicidad y objetividad en la selección de
la oferta más ventajosa.
Sinceramente. La única solución para erradicar el contrato
menor es no utilizarlo.
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