Los juristas han sido los últimos en pronunciarse en el
debate surgido tras la propuesta del Gobierno para legalizar
las denominadas devoluciones en caliente de inmigrantes en
las fronteras de Ceuta y Melilla. Esta forma de actuar no
solo choca con los tratados internacionales, según han
señalado algunos juristas, sino que no pueden ser tan
inmediatas puesto que incumplen con el derecho a ser
escuchados antes de “sacarlos por la puerta de atrás”. Esta
es una de las conclusiones de varios juristas consultados
por Efe que cuestionan el proceso puesto en marcha por el PP,
para dar cobertura legal y jurídica a una práctica que
rechazan la oposición parlamentaria y oenegés, aunque otros
juristas sostienen que las devoluciones son perfectamente
legales y han existido siempre ya que hay un acuerdo entre
policías fronterizas para llevarlas a cabo.
El procedimiento para legalizar estas devoluciones responde
a una enmienda presentada al proyecto de ley de Seguridad
Ciudadana, y que modifica la Ley de Extranjería, que pide
que “los extranjeros que sean detectados en la línea
fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta y Melilla,
intentando el cruce no autorizado de la frontera de forma
clandestina, flagrante o violenta, sean rechazados a fin de
impedir su entrada ilegal”. Al margen de la cuestión
semántica sobre la conveniencia de optar por “devolución en
caliente” o “rechazo en la frontera”, algunos juristas
recuerdan que en ambos casos el objetivo es el mismo:
expulsar con carácter inmediato a los inmigrantes que
intenten entrar de forma irregular en España. Pero,
advierten, la rapidez a la hora de ejecutar la devolución
resulta “incompatible” con el respeto de los derechos
humanos de los inmigrantes. Ya que antes de ser devueltos se
tiene que saber si son posibles refugiados o personas que
han llegado al país en busca de asilo.
“No se puede devolver por la vía rápida a nadie que está en
suelo español, ya que hay que analizar cualquier solicitud
de asilo que se pueda dar”, asegura el portavoz de Jueces
para la Democracia (JpD), Joaquim Bosch, que añade que en
estos supuestos “los derechos humanos deben respetarse y eso
implica que se deban atender sus peticiones”. La propuesta
del PP es “contraria” al ordenamiento jurídico español y,
“peor aún”, a los convenios internacionales que regulan la
materia, denuncia Bosch cuya reflexión comparte Álvaro
García, portavoz de la Unión Progresista de Fiscales (UPF).
Defiende que los términos de los tratados internacionales no
son proclives a las devoluciones en caliente y que por lo
tanto los legisladores españoles no pueden estar por encima
de una ley superior.
“Todas las personas que cruzan ilegalmente una frontera
tienen unos derechos con una serie de garantías”, explica.
“Si les devuelves en caliente, entonces no sabes cuales son,
no los escuchas”, precisa el fiscal. En los mismos términos
se expresa el Consejo General de la Abogacía Española que
recuerda al Ejecutivo que cualquier modificación de la Ley
de Extranjería debe respetar el derecho constitucional “a
ser escuchado con las debidas garantías”.
“Al saltar la primera valla el inmigrante ya entra en España
y por tanto hay que hacerle un expediente individual con
abogado y dictar una resolución recurrible”, explica
Francisco Solans, portavoz de la Subcomisión de Extranjería
de la Abogacía. Otros juristas como Marcelino Sexmero,
portavoz de la asociación judicial Francisco de Vitoria,
amparan los cambios en la ley al “establecer una
reglamentación que es más clara que la actual en Ceuta y
Melilla”. Con todo, sostiene que las devoluciones son
perfectamente legales y han existido siempre, si bien
reconoce que “no tenían cobertura legal”.
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