La lucha contra la inmigración irregular y, por tanto,
contra las organizaciones criminales que con extraordinaria
crueldad han convertido a millones de seres humanos en
mercancía, sólo puede abordarse como una cuestión de Estado.
La respuesta a este desafío exige conjugar distintas
sensibilidades y ponderar adecuadamente la solución que
desde el Estado de Derecho debe darse a situaciones de
enorme complejidad, con una innegable dimensión humanitaria
que debe ser ponderada junto a la irrenunciable
responsabilidad de proteger las fronteras, consustancial,
como el territorio, a la idea misma de Estado.
La pobreza endémica de buena parte del continente africano
es reveladora de la profunda desigualdad que,
lamentablemente, define una de las grandes paradojas de
nuestro tiempo. Como consecuencia de esta situación,
millones de seres humanos han puesto en riesgo su propia
vida en busca de un futuro mejor. Dada nuestra particular
situación geográfica, España y, especialmente, las ciudades
de Ceuta y Melilla, llevan años sometidas a una intensa
presión migratoria que nos obliga a conseguir un difícil
equilibrio entre la obligación de custodiar nuestras
fronteras, en los términos que impone el Código de Fronteras
Schengen y la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad, y el deber de respetar todo el acervo de derechos
fundamentales que se ven comprometidos en los flujos
migratorios, incluso cuando se trata de intentos de entrada
por vías ilegales.
La Ley de Extranjería da respuesta, con el máximo rigor
jurídico, a situaciones derivadas de la irregularidad de la
entrada o de la estancia y permanencia en España, aplicando
procedimientos como la inadmisión, la devolución o la
expulsión, con todas sus garantías. Sin embargo, en las
fronteras terrestres de Ceuta y Melilla en las que, por
cierto, se concentra la mayor desigualdad del mundo en tan
solo unos kilómetros, se producen situaciones que
necesariamente son previas a la aplicación de la Ley de
Extranjería y a sus principios y procedimientos. Así, a
diferencia de otras fronteras, en Ceuta y Melilla se plantea
desde hace años la necesidad de evitar las entradas
ilegales, clandestinas, flagrantes y, en muchos casos,
violentas que se producen vulnerando los dispositivos de
seguridad del perímetro fronterizo. No podría esperarse
nunca de un Estado que asistiese impasible a actos que
constituyen claras vulneraciones de nuestra legalidad y, por
extensión, de la legalidad europea. Sin ánimo alguno de
prejuzgar las razones que mueven a miles de personas a
intentar ese salto desesperado, lo cierto es que a España y
a cualquier Estado de la Unión Europea sólo puede accederse
válidamente a través de los pasos habilitados. Nadie podría
exigir otra cosa a un Estado de Derecho, pues sostener lo
contrario sería tanto como admitir la ilegalidad como
principio rector de la delimitación del territorio, que es,
a su vez, dimensión esencial de la soberanía.
La actuación que realiza la Guardia Civil, en cumplimiento
de la ley, al rechazar en la frontera a aquellos que
intentan entrar de forma ilegal goza, por tanto, de plena
cobertura jurídica, pues no es otra cosa que la consecuencia
misma del concepto de frontera y de su legalidad intrínseca.
Muchas veces, esa acción de rechazo supone hacer frente a
asaltos violentos movidos en muchos casos, no tengo duda,
por la desesperación, que sólo pueden abortarse eficazmente
mediante acciones de compulsión física sobre las personas,
presididas, por supuesto, por los principios de oportunidad,
congruencia y proporcionalidad. Habida cuenta de las
exigencias humanitarias hacia quienes intentan esa
penetración ilegal en nuestro territorio, el rechazo en
frontera exige muchas veces evitar el uso de la fuerza,
dando prevalencia a la protección de la integridad de los
inmigrantes frente a la búsqueda de la eficacia inmediata en
la evitación del salto, lo que puede dar lugar a situaciones
en las que esa prevalencia de la integridad física aconseje
esperar a que los inmigrantes hayan descendido del vallado
para realizar materialmente el rechazo.
En este complejo escenario, la reforma propuesta por el
Grupo Parlamentario Popular no hace otra cosa que dotar de
mayor seguridad jurídica a las actuaciones de vigilancia y
rechazo fronterizo que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado desarrollan en las ciudades de Ceuta y Melilla,
amparadas hasta ahora en una férrea legalidad, europea y
nacional, que resultará perfeccionada al reconocer
legalmente la singularidad geográfica de Ceuta y Melilla. No
se cubrirá, por tanto, un vacío legal, sino que se mejorará
la cobertura jurídica al reconocer con mejor técnica
normativa que, antes de aplicar la Ley de Extranjería y sus
procedimientos, tiene que producirse la entrada en el
territorio, y que cuando dicha entrada pretende hacerse de
forma violenta o clandestina, las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado tienen la obligación de evitarlo.
¿Acaso sería admisible la tesis contraria? Es decir, alguien
podría sostener que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado tienen el deber de tolerar las entradas irregulares.
Obviamente, no.
Por parte del Ministerio del Interior, tras la entrada en
vigor de la reforma se aprobará un protocolo de actuación
integral en los perímetros de Ceuta y Melilla con el fin de
complementar la regulación legal. Nuevamente, no se trata de
legislar sobre el vacío sino de actualizar, mejorar,
sistematizar y dar el rango normativo adecuado a los
principios de actuación que presiden la difícil misión de la
Guardia Civil en las vallas. Este desarrollo permitirá
ponderar adecuadamente los bienes jurídicos dignos de
tutela, incluyendo, por supuesto, la seguridad fronteriza,
pero sin perder de vista otros elementos humanitarios
exigidos por la legalidad nacional y comunitaria.
Este difícil esfuerzo merece un voto de confianza que, sin
duda, sólo puede darse a partir de la constatación de la
enorme sensibilidad de una materia en la que se perfila con
mayor nitidez que en muchas otras la necesidad de aplicar
sentido de Estado. Porque estamos hablando de fronteras.
Porque estamos hablando de personas.
*Ministro del Interior.
|