La Audiencia Nacional ha emitido órdenes internacionales de
detención contra dos yihadistas de nacionalidad española que
se habrían desplazado a Siria e Iraq a luchar en las filas
del Estado Islámico (EI) y que las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado han logrado identificar con nombre y
apellidos.
Estas órdenes de detención se han librado, no tanto para
propiciar los arrestos de estas personas en esos países,
sino sobre todo para poder detectar un posible retorno de
estos a España.
Con esta finalidad, desde la Fiscalía de la Audiencia
Nacional, que dirige Javier Zaragoza, se está impulsando la
emisión de esas órdenes de detención, a las que se ha
bautizado como “exprés”, pues se adoptan antes de dar por
agotadas todas las diligencias de investigación
(intervenciones telefónicas y rastreo de actividades en
internet) que darían lugar a la desarticulación de las
células que propiciaron su captación y traslado a esos
países.
Para ello, la Fiscalía ha pedido a las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado que traten de identificar a los más del
medio centenar de yihadistas españoles que han sido
detectados combatiendo en Siria e Iraq.
Por el momento, según fuentes policiales, habrían sido ya
localizados seis en los distintos procedimientos que bajo
secreto sumarial están abiertos en los juzgados centrales de
instrucción de la Audiencia Nacional.
En estos procedimientos se trata, por un lado, de ordenar la
busca y captura internacional de yihadistas que ya han
viajado a Siria o Iraq para integrarse en grupos terroristas
como Al Qaeda o el Estado Islámico, y por otro, propiciar la
detención de aquellas personas de las que afloren indicios
de su intención de trasladarse a esos países.
Las órdenes de busca y captura se están emitiendo basándose
en uno de los preceptos del delito de colaboración con banda
armada, que castiga la simple asistencia a cursos de
entrenamiento terrorista y que hasta ahora apenas se había
aplicado. Las órdenes de detención también pueden formularse
por el delito de pertenencia a organización terrorista,
siempre y cuando haya suficientes pruebas de la integración
del reclamado en esas organizaciones terroristas.
Esta es la herramienta jurídica con la que cuentan por el
momento fiscales y jueces de la Audiencia Nacional para
poner coto al flujo de yihadistas que se trasladan a esos
países en conflicto, a donde acceden la mayoría a través de
Turquía.
Cambios en el Código Penal
Para reforzar esta nueva lucha antiterrorista, el Gobierno
español ha anunciado también sus planes de modificar el
Código Penal para poder procesar por cargos de terrorismo a
españoles que participen en conflictos en el extranjero, en
especial dentro de grupos yihadistas.
Independientemente de todas estas medidas, los expertos en
combatir este nuevo fenómeno terrorista coinciden en señalar
que la labor preventiva es crucial, tanto para evitar que
las redes de captación y adoctrinamiento de yihadistas
consigan sus fines como para detectar la planificación de
atentados terroristas.
Esa faceta de prevención, que es la que se enmarcan también
estas nuevas órdenes “exprés” de detención, ha desembocado
en que muchas de las operaciones contra el yihadismo que se
realizan en España se precipiten para evitar males mayores,
lo que supone que aproximadamente una quinta parte de esas
detenciones acaben en condena.
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