La Junta de Personal Docente docente ha presentado un
recurso de reposición a la aprobación del calendario escolar
de Ceuta para el Curso 2014/2015.
Tal y como se ha informado, este recurso de reposición se ha
basado en que el calendario escolar para el curso próximo no
contempla la fecha de inicio de las clases para las
enseñanzas ‘no obligatorias’ que se imparten en los
institutos de Secundaria (Bachillerato y Formación
Profesional); tal y como exigen las instrucciones de 22 de
abril de 2014, en el criterio que aparece en quinto lugar.
Por este motivo, desde la Junta de Personal Docente se
estima que se trata de una evidente vulneración de las
citadas instrucciones.
El segundo argumento en el que se acogen los representantes
de los docentes es que el calendario aprobado por la citada
resolución contraviene, de manera “flagrante”, el criterio
que figura en el lugar undécimco de las instrucciones del
día 22 de abril, donde se establece taxativamente que “la
dirección provincial establecerá 7 días no lectivos...” en
el periodo comprendido entre el inicio de las clases y “el
19 de junio, en el que finalizarán, en cualquier caso, las
clases”, criterio que figura en el séptimo lugar. A pesar de
todo ello, el calendario sólo contempla 6 días no lectivos
(6, 7 y 31 de octubre; 30 de enero; 19 y 20 de febrero).
Tomando en consideración la vulneración de las instrucciones
dictadas por la propia Dirección General de Evaluación y
Cooperación Territorial para la elaboración del Calendario
Escolar de Ceuta, es por lo que la Junta de Personal Docente
ha solicitado la anulación de la resolución por la que se
aprueba el calendario escolar de Ceuta para el curso
2014/15.
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