La Ciudad ha aprobado y publicado la orden en la que se
fijan las épocas hábiles y las especies cinegéticas y,
normas que regirán la práctica de la caza menor en el ámbito
territorial de Ceuta para la temporada 2014-2015. Documento
en el que se establece que los periodos hábiles de caza
menor irán del 5 de octubre al 21 de diciembre, ambos
inclusive; y del 5 de octubre al 5 de febrero. La actividad
de la caza sólo podrá practicarse los jueves, sábados,
domingos y días festivos de los anteriores períodos, con
exclusión de los días 1 de noviembre, sábado, festividad de
todos los santos o “de la mochila”, el 2 de este mes, el 26
de octubre, domingo, afectando sólo al cuartel A (campo
exterior) de los terrenos adscritos al régimen de caza
controlada, debido a la celebración de prueba deportiva.
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