PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo
 

 

 

sociedad - MIÉRCOLES, 30 DE JULIO DE 2014


persona deshauciada. archivo.

medidas
 

El Código de Buenas Prácticas ha recibido 23.983 solicitudes

Delegación del Gobierno informa que unas 19.500 familias se han beneficiado de las medidas puestas en marcha para afrontar el problema de los desahucios
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Delegación del Gobierno de Ceuta remitió ayer un comunicado de prensa a través del cual destacaba que las 45 entidades financieras adheridas al Código de Buenas Prácticas (CBP) para la reestructuración viable de las deudas hipotecarias sobre vivienda habitual han recibido 23.983 solicitudes desde marzo de 2012, fecha en la que se puso en funcionamiento,hasta mayo de este año. De esa cifra, en 6.498 casos se ha reestructurado la deuda; es decir, se han dado mayores facilidades para el pago de la hipoteca sin el abandono de la vivienda.

En otros 2.124 casos el acuerdo se ha cerrado con la dación en pago, medida que supone la liquidación de la deuda y la entrega del inmueble a la entidad financiera. Además, el Fondo Social de Viviendas (FSV) ha proporcionado 927 viviendas con alquiler reducido. Además, se han suspendido más de 10.000 lanzamientos desde la entrada en vigor de la normativa destinada a este fin. En total, 19.500 familias en dificultades se han beneficiado de las distintas medidas puestas en marcha por el Gobierno para paliar los efectos de la crisis en este ámbito.

Al CBP están adheridas prácticamente todas las entidades financieras de forma voluntaria, aunque los compromisos a la hora de facilitar soluciones al problema de los desahucios pasan a ser obligatorios cuando se suscribe el código. Los datos de solicitudes vuelven a reflejar un progresivo aumento. En el primer año de aplicación, por ejemplo, se recibieron 4.385 solicitudes mientras que solo en el mes de mayo de 2014 estas han ascendido a 2.027. La mayor acogida de las medidas incluidas en el CBP se explica por las mejoras introducidas en la Ley 1/2013 de 14 de mayo que supusieron ampliar y flexibilizar las actuaciones de protección. Por ejemplo, se permitió a las familias con ingresos hasta tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) acogerse al CBP, cuando antes debían carecer de rentas. La unidad familiar debe sufrir una alteración significativa de las circunstancias económicas durante los últimos cuatro años y su cuota hipotecaria ha de superar el 50% de los ingresos netos, entre otras modificaciones.

El CBP funciona en paralelo al Fondo Social de Viviendas (FSV) al que 33 entidades financieras han aportado 6.000 viviendas con el fin de proporcionar un techo a familias en situación de especial vulnerabilidad. Los beneficiarios pagan un alquiler reducido, entre 150 y 400 euros al mes e incluso por debajo en circunstancias especiales. Desde su puesta en funcionamiento (enero de 2013) hasta mediados de este mes de julio se han recibido 1.789 solicitudes de viviendas, se han adjudicado 927 y se han firmado 695 contratos.

En mayo de este año, el Gobierno decidió ampliar los supuestos para acogerse al FSV mediante un nuevo convenio con las entidades financieras.

El nuevo convenio permite que personas o familias puedan mantenerse en la vivienda que habitan, aunque la hayan perdido como consecuencia de una ejecución forzosa y después de que haya sido adjudicada. También se abrió esta posibilidad para las daciones en pago.

El FSV está destinado a aquellos que, como consecuencia de un desahucio, han perdido su vivienda a partir del 1 de enero de 2008.
 


Ampliadas las circunstancias que dan derecho a solicitar una vivienda

Además, desde la Delegación del Gobierno de Ceuta se ha resaltado que se ampliaron las circunstancias personales y familiares que dan derecho a solicitar una vivienda al FSV. Estas son las siguientes: Unidades familiares con hijos menores de edad (18 años); Personas en situación de dependencia o con discapacidad para las que la vivienda supone, de acuerdo con el informe de los Servicios Sociales competentes, un activo indispensable para el mantenimiento de su inclusión social y autonomía; Personas mayores en situación de prejubilación o jubilación que mediante aval hayan asumido las deudas de sus hijos o nietos; Otras personas o unidades familiares con circunstancias de vulnerabilidad social distintas de las anteriores, previo informe de los Servicios Sociales; Otros requisitos anteriores como situación de desempleo y sin prestaciones, familias monoparentales, familias numerosas o violencia de género.
 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto