La Consejería de Sanidad y Consumo ha emitido una serie de
recomendaciones en relación a la fecha de caducidad y el
consumo preferente de los productos alimenticios. En primer
lugar, la Consejería recuerda que todos los alimentos, con
carácter general, tienen que indicar en su etiqueta la fecha
de duración mínima o de consumo preferente o, en su caso, la
fecha de caducidad. Solo están exentos de ese requisito
productos como vinos y otras bebidas alcohólicas, sal de
cocina y vinagres, entre otros.
La fecha de consumo preferente indica el momento hasta el
cual el alimento conserva la calidad prevista, de modo que
el alimento sigue siendo seguro para el consumidor una vez
pasada la fecha de consumo preferente, siempre que se
respeten las instrucciones de conservación y su envase no
esté dañado. Sin embargo puede empezar a perder sabor y
textura.
La fecha de consumo preferente aparece en una amplia
variedad de alimentos refrigerados, congelados, desecados
(pasta, arroz, etc.), enlatados y otros alimentos (aceite
vegetal, chocolate...).
Antes de tirar el alimento por haber pasado su fecha de
consumo preferente, compruebe si tiene buen aspecto y si
huele bien y cerciórese antes de que el envase está intacto.
Cuando abra un envase de alimentos con fecha de consumo
preferente, siga las instrucciones marcadas del tipo “una
vez abierto el envase, consumir en tres días”.
La fecha de caducidad indica el momento hasta el que el
alimento puede consumirse de forma segura. Por lo tanto:
No consuma ningún alimento una vez pasada la fecha de
“caducidad”.
La fecha de caducidad aparece en alimentos muy perecederos,
como pescado fresco, carne picada, fresca, etc. Siga las
instrucciones de conservación, como por ejemplo, “conservar
en el frigorífico” o “conservar a 2-4ºC”, de lo contrario,
el alimento se estropeará antes y usted se arriesgará a
sufrir una intoxicación alimentaria.
Si congela el alimento en casa poco después de adquirirlo,
puede alargar su conservación más allá de la fecha de
caducidad siempre que lo congele correctamente. No obstante
siga las instrucciones que figuren en el envase, por
ejemplo, “guardar en el congelador hasta la fecha de
caducidad”, “cocinar sin descongelar” o “descongelar
previamente por completo y consumir en las veinticuatro
horas siguientes”.
Una vez abierto un envase con fecha de caducidad, siga las
instrucciones de conservación y consumo, como “una vez
abierto el envase consuma en tres días”, y tenga presente
que el alimento debe consumirse antes de que pase la fecha
de caducidad.
En España no está permitida la venta de alimentos con la
fecha de consumo preferente o de caducidad superada.
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