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política - MIÉRCOLES, 9 DE JULIO DE 2014


La senadora ceutí, Luz Elena Sanín. ep.

entrevista / luz elena sanín
 

«La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial pretende adecuar la Justicia a las necesidades actuales»

La senadora Luz Elena Sanín asegura que “con esta reforma se pretende agilizar la Justicia tanto en su funcionamiento como en la adopción de acuerdos y decisiones y reforzando la seguridad jurídica”
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La senadora por Ceuta, Luz Elena Sanín, en declaraciones a este periódico nos habla del contenido de la propuesta que se va a formular desde el Partido Popular para que salga adelante el Proyecto de Ley sobre la reforma del Poder Judicial. Sin embargo, antes han de contemplarse una serie de medidas que estarán sometidas a los informes reglamentarios, antes que el Gobierno de la nación lo apruebe y salva como anteproyecto de Ley del Consejo de Ministros. De esta cuestión de tanta importancia, la senadora y jurista, Luz Elena Sanín nos habla en esta entrevista, sobre una reforma que tiene mucha trascendencia, ya que tendrá incidencia en la vida de los españoles.

Pregunta.- ¿Resolverá la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial la dilación procesal ya denunciada en múltiples procesos?

Respuesta.-Con esta reforma se pretende agilizar la justicia tanto en su funcionamiento como en la adopción de acuerdos y decisiones y reforzando la seguridad jurídica gracias a una mayor calidad en sus resoluciones, así como por un nuevo modelo de organización judicial.

P.- Usted lleva mucho tiempo en el campo del derecho ¿Qué podría decirnos en relación a procesos que tardan años antes de ser juzgados?

R.-Un derecho tardíamente reconocido vulnera la tutela judicial efectiva y los más elementales principios fundamentales; la mayor injusticia es la justicia no aplicada a tiempo o aquella otra decisión que se adopta reconociendo ser injusta pero legal; lo legal es justo por supuesto, pero una injusticia nunca puede ser legal.

P.- ¿Qué razones se ha tenido por parte de los distintos gobiernos para cambiar en tantas ocasiones la ley Orgánica del Poder Judicial?

R.- La Ley Orgánica del Poder judicial de 1985 ha experimentado alrededor de cuarenta modificaciones conservando aquello que funciona y derogando lo que ya no resulta viable con el devenir de los tiempos.

P.- ¿Qué se pretende con esta nueva modificación?

R.-Con este nuevo proyecto se pretende adecuar la Administración de Justicia a las necesidades actuales conforme a varios criterios teniendo en cuenta una revisión más profunda del ejercicio de la potestad jurisdiccional en especial, garantizando en mayor medida la independencia judicial; reforzará el papel del Tribunal Supremo al afianzar el carácter vinculante de su doctrina y se refuerza igualmente el recurso de casación evitando con ello resoluciones contradictorias.

Era necesario avanzar en la profesionalización de la carrera judicial y adecuar la organización judicial a los requerimientos sociales, económicos y demográficos, introduciendo una mayor flexibilidad en los órganos judiciales redistribuyendo sus funciones.

P.- ¿Cómo cree que se podría garantizar la independencia judicial?

R.-No es que yo lo crea, así está ya recogido y se reforzará con la nueva LOPJ. Los jueces en general han de ser protegidos por el Consejo General del Poder Judicial frente a graves perturbaciones externas bien sea mediante una orden de cesación de la conducta que impide el correcto desarrollo de la función judicial y cuya desobediencia podría constituir un delito contra la Administración de Justicia. De igual forma, un Juez unipersonal que se sienta gravemente inquietado puede solicitar que un determinado asuntos sea enjuiciado por una Unidad Judicial colegiada.

P.- ¿Repercutirá la independencia que se quiere garantizar a la actividad periodística?

En absoluto, la libertad de opinión y expresión como derechos fundamentales, constituyen el baluarte por excelencia de un estado de derecho democrático y son Uds. los periodistas quienes han de ejercer ese encomiable deber de comunicar con objetividad y veracidad principios en los que se han de regir.

A los jueces se les impone el deber de abstenerse de hacer valoraciones sobre asuntos pendientes y sobre resoluciones judiciales, sin perjuicio de aquéllas valoraciones doctrinales realizadas en publicaciones o foros especializados. Asimismo, se prohíbe expresamente a los miembros de la carrera judicial que, sirviéndose de su condición, expresen consideraciones jurídicas sobre cuestiones que sean competencia de otros poderes del estado, salvo que estén autorizados.

P.- Hablaba de reforzar el papel del Tribunal Supremo ¿A qué se refiere?

R.-Se pretende evitar que dentro de un mismo sistema judicial se produzcan pronunciamientos contradictorios o distintos ante situaciones que son iguales con el fin de reducir la incertidumbre que genera el ejercicio de una acción dependiendo del Juzgado o Juez que por turno le corresponda. Se trata de que la jurisprudencia del Tribunal Supremo, sea vinculante para todos los tribunales de inferior categoría y la inobservancia de este precepto tendría interés casacional.

P.- ¿Qué nos trae la reforma de la carrera judicial?

R.-Su ingreso sigue siendo el de oposición libre al que se añade un examen de aptitud psicológica con la finalidad de detectar conductas o trastornos que incapaciten para el ejercicio de la función jurisdiccional.

En nuestra ciudad hemos tenido la suerte de tener jueces honestos que actúan con gran sentido de responsabilidad y enorme criterio jurídico, además, con un profundo respeto al profesional y al ciudadano salvo en contadísimas excepciones ya conocidas.

P.- ¿Cuál entonces es la principal novedad?

R.-La principal novedad es la supresión de las categorías judiciales; así pues, los jueces podrán optar por la plaza que aspiren a ocupar con independencia de su mayor o menor antigüedad; simultáneamente se potencia el criterio de especialidad introduciendo las pruebas de excelencia y especialización, quienes las aprueben, tendrán preferencia para ocupar plazas correspondientes al orden jurisdiccional de su especialidad.
 

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