La senadora por Ceuta, Luz Elena Sanín, en declaraciones
a este periódico nos habla del contenido de la propuesta que
se va a formular desde el Partido Popular para que salga
adelante el Proyecto de Ley sobre la reforma del Poder
Judicial. Sin embargo, antes han de contemplarse una serie
de medidas que estarán sometidas a los informes
reglamentarios, antes que el Gobierno de la nación lo
apruebe y salva como anteproyecto de Ley del Consejo de
Ministros. De esta cuestión de tanta importancia, la
senadora y jurista, Luz Elena Sanín nos habla en esta
entrevista, sobre una reforma que tiene mucha trascendencia,
ya que tendrá incidencia en la vida de los españoles.
Pregunta.- ¿Resolverá la nueva Ley Orgánica del Poder
Judicial la dilación procesal ya denunciada en múltiples
procesos?
Respuesta.-Con esta reforma se pretende agilizar la justicia
tanto en su funcionamiento como en la adopción de acuerdos y
decisiones y reforzando la seguridad jurídica gracias a una
mayor calidad en sus resoluciones, así como por un nuevo
modelo de organización judicial.
P.- Usted lleva mucho tiempo en el campo del derecho ¿Qué
podría decirnos en relación a procesos que tardan años antes
de ser juzgados?
R.-Un derecho tardíamente reconocido vulnera la tutela
judicial efectiva y los más elementales principios
fundamentales; la mayor injusticia es la justicia no
aplicada a tiempo o aquella otra decisión que se adopta
reconociendo ser injusta pero legal; lo legal es justo por
supuesto, pero una injusticia nunca puede ser legal.
P.- ¿Qué razones se ha tenido por parte de los distintos
gobiernos para cambiar en tantas ocasiones la ley Orgánica
del Poder Judicial?
R.- La Ley Orgánica del Poder judicial de 1985 ha
experimentado alrededor de cuarenta modificaciones
conservando aquello que funciona y derogando lo que ya no
resulta viable con el devenir de los tiempos.
P.- ¿Qué se pretende con esta nueva modificación?
R.-Con este nuevo proyecto se pretende adecuar la
Administración de Justicia a las necesidades actuales
conforme a varios criterios teniendo en cuenta una revisión
más profunda del ejercicio de la potestad jurisdiccional en
especial, garantizando en mayor medida la independencia
judicial; reforzará el papel del Tribunal Supremo al
afianzar el carácter vinculante de su doctrina y se refuerza
igualmente el recurso de casación evitando con ello
resoluciones contradictorias.
Era necesario avanzar en la profesionalización de la carrera
judicial y adecuar la organización judicial a los
requerimientos sociales, económicos y demográficos,
introduciendo una mayor flexibilidad en los órganos
judiciales redistribuyendo sus funciones.
P.- ¿Cómo cree que se podría garantizar la independencia
judicial?
R.-No es que yo lo crea, así está ya recogido y se reforzará
con la nueva LOPJ. Los jueces en general han de ser
protegidos por el Consejo General del Poder Judicial frente
a graves perturbaciones externas bien sea mediante una orden
de cesación de la conducta que impide el correcto desarrollo
de la función judicial y cuya desobediencia podría
constituir un delito contra la Administración de Justicia.
De igual forma, un Juez unipersonal que se sienta gravemente
inquietado puede solicitar que un determinado asuntos sea
enjuiciado por una Unidad Judicial colegiada.
P.- ¿Repercutirá la independencia que se quiere
garantizar a la actividad periodística?
En absoluto, la libertad de opinión y expresión como
derechos fundamentales, constituyen el baluarte por
excelencia de un estado de derecho democrático y son Uds.
los periodistas quienes han de ejercer ese encomiable deber
de comunicar con objetividad y veracidad principios en los
que se han de regir.
A los jueces se les impone el deber de abstenerse de hacer
valoraciones sobre asuntos pendientes y sobre resoluciones
judiciales, sin perjuicio de aquéllas valoraciones
doctrinales realizadas en publicaciones o foros
especializados. Asimismo, se prohíbe expresamente a los
miembros de la carrera judicial que, sirviéndose de su
condición, expresen consideraciones jurídicas sobre
cuestiones que sean competencia de otros poderes del estado,
salvo que estén autorizados.
P.- Hablaba de reforzar el papel del Tribunal Supremo ¿A
qué se refiere?
R.-Se pretende evitar que dentro de un mismo sistema
judicial se produzcan pronunciamientos contradictorios o
distintos ante situaciones que son iguales con el fin de
reducir la incertidumbre que genera el ejercicio de una
acción dependiendo del Juzgado o Juez que por turno le
corresponda. Se trata de que la jurisprudencia del Tribunal
Supremo, sea vinculante para todos los tribunales de
inferior categoría y la inobservancia de este precepto
tendría interés casacional.
P.- ¿Qué nos trae la reforma de la carrera judicial?
R.-Su ingreso sigue siendo el de oposición libre al que se
añade un examen de aptitud psicológica con la finalidad de
detectar conductas o trastornos que incapaciten para el
ejercicio de la función jurisdiccional.
En nuestra ciudad hemos tenido la suerte de tener jueces
honestos que actúan con gran sentido de responsabilidad y
enorme criterio jurídico, además, con un profundo respeto al
profesional y al ciudadano salvo en contadísimas excepciones
ya conocidas.
P.- ¿Cuál entonces es la principal novedad?
R.-La principal novedad es la supresión de las categorías
judiciales; así pues, los jueces podrán optar por la plaza
que aspiren a ocupar con independencia de su mayor o menor
antigüedad; simultáneamente se potencia el criterio de
especialidad introduciendo las pruebas de excelencia y
especialización, quienes las aprueben, tendrán preferencia
para ocupar plazas correspondientes al orden jurisdiccional
de su especialidad.
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