La segunda modificación presupuestaria aprobada ayer por el
Pleno de la Asamblea de Ceuta va a permitir que la
Federación de Servicios Públicos de la Unión General de
Trabajadores impugne la base 39 de la ejecución del
Presupuesto, en lo relativo a las dietas que perciben tanto
la secretaria como el interventor por la asistencia y
asesoramiento en los consejos de administración de las
empresas municipales.
Esta historia no es nueva, ya que la FSP, tras pasársele el
plazo para haber impugnado dicha base tanto cuando en
diciembre de 2013 se aprobó el Presupuesto como cuando en
marzo se produjo a primera modificación presupuestaria,
decidió presentar a la asamblea una petición de nulidad de
la mencionada base que fue atendida y que tras acordar la
suspensión del procedimiento de revisión de oficio y tras
adjuntar por parte de la Ciudad al Consejo de Estado el
informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas, que le fue
exigido por el Consejo, se sometió a consulta la procedencia
o no de declarar la nulidad de la base 39 del Presupuesto de
2014 de la Ciudad de Ceuta.
Tras enumerar los posibles motivos alegados por FSP UGT para
la nulidad de pleno derecho de la base 39 del Presupuesto
2014, incardinables todos ellos en la vulneración de
distintas leyes por parte de una disposición administrativa,
el Consejo de Estado comparte el parecer de la propuesta de
resolución del instructor del expediente de fecha 11 de
febrero de 2014, por el que se proponía desestimar la
solicitud formulada por FSP UGT de nulidad, y considera que
no procede declarar la nulidad de pleno derecho de la base
39 del Presupuesto de 2014.
Nada de ello, según el informe del Consejo Consultivo,
resultó contrario a los artículos sobre retribuciones de
funcionarios aludidos, como también es claro la regulación
de las asistencias es diversa de la que regula la
incompatibilidad de dos actividades públicas y sus
excepciones.
Tras ser tumbada la nulidad, la FSP, ahora, aprovechará el
plazo de alegaciones que se abre tras la aprobación inicial
de la segunda modificación para presentar la impugnación.
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