PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo
 

 

 

política - MIÉRCOLES, 18 DE JUNIO DE 2014


Fatima Hamed. archivo.

pleno
 

Hamed propone que la bonificación fiscal se pueda pedir todo el año

La diputada llevará al próximo pleno la iniciativa, a pesar de que verbalmente se le dijo que sólo podría interpelar
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La diputada no adscrita, Fatima Hamed, llevará el próximo pleno una propuesta para modificar la ordenanza fiscal de la Ciudad Autónoma de Ceuta con el objetivo de que la bonificación a aplicar en función de ingresos inferiores a 9.000 euros pueda ser solicitada por las personas afectadas, y aplicada por el Organismo Autónomo de Servicios Tributarios, en cualquier momento del año a los efectos de bonificar la tasa de la que se trate al mes siguiente de la solicitud de la misma. Aunque se le comunicó verbalmente que sólo podría interpelar en el pleno, la diputada presentará las propuestas como así entiende que tiene derecho y lo han avalado sentencias judiciales. Hasta ahora, según explica la diputada en un comunicado, el derecho a la bonificación se actualiza cada mes de enero. La ordenanza fiscal recoge, en su artículo 75, la bonificación del 90% de las cuotas íntegras de las tasas por prestación de los servicios relativos a expedición de determinados documentos administrativos, recogida de residuos sólidos urbanos, cementerio o reservas de la vía pública para aparcamiento exclusivo de vehículos que transportan a personas discapacitadas, siempre y cuando los obligados tributarios pertenezcan a unidades familiares residentes en Ceuta y tengan unos ingresos brutos anuales inferiores a 9.000 euros. Para tener derecho a la aplicación de este supuesto de bonificación en función de la capacidad económica, es requisito necesario estar incluido en el censo de beneficiarios que se elabore por el Organismo Autónomo de Servicios Tributarios.

Sin embargo, la problemática de numerosas familias, surge ante el hecho de que el citado censo, será elaborado y, en su caso, actualizado, durante el mes de enero de cada ejercicio (art. 75.b), por lo que aquellas personas que ven reducidos sus ingresos en meses posteriores a enero, se encuentran que tienen que esperar hasta el año siguiente para que se les comience a aplicar la citada bonificación, lo que ocasiona “un agravio”, lamenta Hamed
 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto