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economía - JUEVES, 29 DE MAYO DE 2014


sede del tribunal de cuentas. el pueblo.

fiscalización
 

El Tribunal de Cuentas incide en el “enchufismo” del Gobierno local

Un total de 69 trabajadores han entrado por
“la puerta de atrás” por el concepto de “obras y servicios” sin haber superado ningún proceso selectivo durante 2010 y 2011
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La fiscalización del Tribunal de Cuentas a 31 de diciembre de los ejercicios 2010 y 2011 demuestra que “el número de trabajadores contratados temporalmente por la Ciudad Autónoma, sin tener en cuenta los Planes de Empleo y políticas en materia educativa era de 83.” En el mencionado informe del T.C. se constata que “los contratos temporales, sin soporte documental en los procesos selectivos donde se motivan las necesidades de los servicios que justifican la contratación de personal, son frecuentes”.

El concepto “por obras y servicios”, que configura lo que Emilio Carreira denominó recientemente “la puerta de atrás”, ha supuesto una práctica habitual en el Gobierno de Ceuta que preside Juan Vivas, siendo 68 personas en 2010 y 62 en 2011. Una fórmula aplicada para justificar con posterioridad que se prorrogan los contratos “por obras y servicios” y luego, bajo el señuelo de darles legalidad sacar las plazas, cosa que no se hace “ya que hablando con estos trabajadores –como manifestó Juan Luis Aróstegui en un Consejo de Administración-, saben que no realizan las funciones que establecen sus contratos, que estos contratos están en fraude de ley, que si fueran a Magistratura de los Social hasta el mismo bedel se daría cuenta que son indefinidos”, por lo que indicó que había que legalizar su situación por ser trabajadores indefinidos.

Y para evitar que los trabajadores denuncien y el juez “pueda dejarlos en la calle”, Yolanda Bel ha transigido convertirlos en indefinidos “y así están dentro de la legalidad”. Con estos artilugios, como forma de actuación, “la puerta de atrás” ha sido un coladero para trabajadores privilegiados. Sin atenderse la opinión del asesor jurídico ni del interventor, los políticos con la anuencia de algún miembro de la oposición da carta de naturaleza a situaciones irregulares.

Estas ilegalidades aún se venían produciendo en el pasado ejercicio pese a que el Tribunal de Cuentas indica que “estos trabajadores (por obras y servicios) han desempeñado trabajos estables y han superado los límites temporales legales previstos en el Estatuto de los Trabajadores, lo que supone, de hecho una vinculación a la Administración Pública de forma indefinida sin haber superado ningún proceso selectivo, estando en esta situación 69 trabajadores”.

Esta forma de actuación supone un incumplimiento del Acuerdo regulador aplicable al personal de la Ciudad Autónoma vigente en 2010 y 2011, donde se especifica la imposibilidad de utilización del sistema de contratación temporal para cubrir puestos de trabajo estable. Una práctica que ha continuado en el tiempo, al menos hasta mayo de 2013, vulnerando de manera arbitraria una normativa del propio Gobierno de la nación de igual color político que el de Ceuta. O sea, el Ejecutivo de Juan Vivas va contra lo que digna el Gobierno de Mariano Rajoy.

Estas malas prácticas han llevado a dos situaciones: una falta de transparencia en la gestión de la contratación temporal de personal por parte de la Administración de la Ciudad y, por otra, los presupuestos aprobados por la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, no han representado la realidad económico-financiera y presupuestaria de las plantillas y de los gastos de personal de la Administración Autonómica.

La consecuencia ha sido que “las dotaciones crediticias –dice el Tribunal de Cuentas-, destinadas en los presupuestos al personal temporal no han sido consistentes con las plantillas del personal que se acompañan a los mismos, situación que ha conducido a que al inicio de cada ejercicio las rúbricas presupuestarias previstas para este personal hayan debido nutrirse de traspasos de crédito desde las partidas relativas a las retribuciones complementarias del personal laboral fijo y funcionario. Esta práctica, unida a que la Administración de la Ciudad no se encontrase obligada a tramitar expedientes de modificación de crédito para dichos traspasos de crédito, al haberse establecido en las bases de ejecución de los presupuestos, que la vinculación de los créditos presupuestarios es a nivel de capítulo dentro de la misma unidad orgánica”.
 


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