El tráfico de inmigrantes es uno de los delitos más
cometidos en Ceuta, donde son muchos los que intentan
embarcar en el ferry con personas escondidas en sus
vehículos, y el pasado fin de semana se volvió a detectar un
nuevo caso. Los agentes de la Jefatura Superior de Policía
de Ceuta detuvieron a un ciudadano marroquí, residente en
Bélgica, por tráfico ilegal de inmigración clandestina.
Según los datos facilitados por la propia jefatura, el
detenido responde a las iniciales H.E.H., tiene nacionalidad
marroquí, aunque vive en Bélgica y tiene cuarenta años.
La detención se produjo después de que los agentes que se
encontraban realizando el control de embarque en los
vehículos en la Estación Marítima sospecharan de que algo
extraño se podía esconder tras los muebles que portaba la
furgoneta. Los agentes observaron que la furgoneta que
conducía H.E.H., con matrícula finlandesa, iba cargada de
muebles, entre los que se incluían dos armarios metálicos
situados al fondo de la zona de carga del vehículo.
Tras lograr, con bastante dificultad, acceder a estos
armarios, se localizó a una persona oculta en uno de ellos,
así como una bolsa en la que se encontraban sus enseres
personales. Según ha informado la policía, el hombre
escondido estaba indocumentado.
Lo más preocupante de este caso, y así lo han querido
resaltar desde la jefatura ceutí, es que el armario en el
que se encontraba el inmigrante era metálico y estaba
completamente cerrado, de forma que por dentro no se podía
abrir, con el el consiguiente riesgo que esto conlleva.
Ante tales hechos, el ciudadano residente en Bélgica y
propietario de la furgoneta quedó detenido para su puesta a
disposición judicial por tráfico ilegal e inmigración
clandestina, mientras que el segundo de ellos, que se
encontraba en el interior del armario, quedó detenido por
entrada ilegal e interceptación en fronteras.
El delito de tráfico ilegal e inmigración clandestina está
penado en España con hasta ocho años de cárcel. Este delito
se tipifica en el artículo 318 bis del Código Penal en el
que se señala que el que, directa o indirectamente,
promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la
inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con
destino a España, o con destino a otro país de la Unión
Europea, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de
prisión. Además, los que tengan ánimo de lucro o empleen
violencia, intimidación, engaño, o abusen de una situación
de superioridad o de especial vulnerabilidad de la víctima,
o poniendo en peligro la vida, serán castigados con penas
superiores.
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