Radio Televisión Ceuta entregó al filo del mediodía de ayer
a los trabajadores de la empresa, de manera individualizada,
un documento que firmaba la vicepresidenta de esta sociedad
municipal, Adela Nieto Sánchez, por el que ponía en
conocimiento de los interesados que “una vez recibido el
auto de fecha 28 de abril de 2014 del Juzgado de los Social
número 1 de Ceuta, en lo concerniente a la paga extra de
diciembre de 2012, esta Sociedad en su voluntad de no
dilatar más este proceso, se le comunica que en el plazo de
tres días hábiles le será abonada las 6,5 partes de la paga
extra de diciembre de 2012 dictada en dicho auto, deducidas
las cantidades ya abonadas con fecha 21 de octubre de 2013
por dicho concepto”.
El auto al que se refiere la empresa RTVCE es el que
publicamos en estas páginas el pasado lunes y que fue
comunicado a las partes la pasada semana, aunque UGT no lo
recogió hasta el pasado lunes, produciéndose el jueves una
desavenencia entre UGT y CCOO que, en principio iban unidos
en esta reclamación, porque UGT quería cobrar el 10% de las
cantidades reclamadas a los afiliados a CCOO, lo que situaba
a éstos en una situación de verse relegados de un proceso
que, de no producirse la actuación de la empresa de abonar
las cantidades, hubieran tenido que demorar sus
reclamaciones.
En este proceso, hubo trabajadores que por temor a
represalias o por otras razones, no se unieron desde un
principio a la iniciativa de denuncia de CSIF, en un proceso
en el que UGT solicitó la ejecución de sentencia de manera
global para todos sus afiliados y representados, mientras
CSIF que se unió a esta iniciativa como no podía ser de otra
manera, después de liderar la denuncia, también optó por
llevar de manera separada e individualizada, la reclamación
de sus cinco trabajadores.
El tiempo fue transcurriendo con procedimientos dilatorios
por parte del abogado de la empresa RTVCE, aunque el punto
de inflexión en positivo para los intereses de los
trabajadores se pudo producir el pasado 21 de abril cuando
el delegado sindical de CSIF y un trabajador abordan en el
Juzgado de lo Social la situación del proceso cuya ejecución
se prolongaba en el tiempo, y el 28 de ese mismo mes se
produce la resolución judicial que ha sido motivo de
decisión de pago de la empresa. El juez habla en su Auto de
“acción de ejecución individualizada, afiliados o no
afiliados con la autorización concreta, hecho lo cual habrá
de continuarse el procedimiento judicial requiriendo a la
empresa para que ésta cuantifique individualmente la deuda y
proponga fórmulas de pago”.
La empresa ayer optó por abonar lo que fija la sentencia,
pero no así los intereses de demora que se han generado
desde el 26 de junio de 2013, en un período en el que su
representación letrada, ha utilizado múltiples argumentos
para postergar este abono.
Durante esta semana, el delegado sindical de UGT se
encontraba recopilando la documentación individualizada de
los reclamantes y su autorización, cuando se ha producido la
actuación de la empresa que comprobaba que prácticamente un
90% de la plantilla demandaba su dinero. De ahí que haya
optado voluntariamente por liquidar a la totalidad de los
trabajadores el dinero, aunque la aplicación de la norma
establece que solo se les abonen las cantidades a los que
reclaman.
Consejo de Administración
El 17 de octubre, un Consejo de Administración de RTVCE
decide abonar 14 días a los y trabajadores por la extra de
diciembre de 2012, haciendo caso omiso a la sentencia
judicial. En ese acto, Yolanda Bel como presidenta del
Consejo de Administración dijo querer escuchar el punto de
vista de todos “para ayudar a tomar una decisión” (con
sentencia firme sobre la mesa) incluso pide la opinión de
secretario e interventor.
Interviene el secretario “que él no está en el Consejo para
opinar sino para dar apoyo legal” aconseja que se ha de
pagar lo que dice la sentencia y añade que “la sentencia es
para cumplirla y no para interpretarla”. Aróstegui, pregunta
por qué no se ha solicitado interpretación de sentencia y la
directora-gerente, en vez de decir que el abogado de la
empresa no llevó el juicio preparado, manifiesta que los
abogados no han dado lugar a la aclaración de la sentencia y
el secretario añade que esa petición de aclaración se hará
en la petición de ejecución, demostrando un desconocimiento
palmario de los procedimientos y los plazos, ya que varios
meses después no cabe tal aclaración con una sentencia no
recurrida y, por tanto, firme y de obligado cumplimiento.
Escuchadas estas opiniones, Yolanda Bel eleva la decisión a
pagar la extra de navidad de 2012 como devengo semestral y
no las 6,5 partes como decía el juez. La votación, contraria
a lo que dictaba el juez y por tanto desatendiendo su fallo
se produce con 8 votos a favor (PP y Caballas) de lo
planteado por Yolanda Bel y una abstención del PSOE. Así, el
Consejo de Administración acuerda por mayoría “pagar la
extra de diciembre de 2012 como devengo semestral” y no
anual como dictaba el juez. Ahora siete meses después, la
empresa dice que no quiere dilatar más este proceso pese a
intentarlo denodadamente en múltiples ocasiones.
La empresa aún habrá de hacer frente a las costas judiciales
y a los intereses de demora por todo el retraso que han
originado a este proceso que, desde el primer momento,
supuso una batalla perdida por la propia empresa y un
intento vano de prolongar la situación de manera inútil.
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En este desaguisado, que ha supuesto a las arcas públicas la
pérdida de varios miles de euros, nadie asume
responsabilidades
Cuando se produce un hecho de
estas características en el que por parte de la empresa hay
desacuerdo por entender que no se corresponde la cantidad
reclamada con lo que había que pagar, caben varias
soluciones: exigir explicaciones a los dirigentes por un
hecho en el que la clave de los devengos no se defendió bien
en un juicio, porque no se supo hacer o por desconocimiento
o porque no se le asesoró al abogado. También cabe
preguntarle al letrado de la empresa cómo se justifica que
no explicara con exactitud cómo devenga las pagas extra
RTVCE y, por otra parte, a la propia presidenta del Consejo
de Administración, por qué cuando le llega la sentencia
porque no la recurre si no es conforme los devengos que
dicta el juez con lo que entiende la empresa que hace. Con
todas estas anomalías de la dirección de la empresa, del
abogado y de la presidenta del Consejo de Administración, lo
que no se puede hacer es cuatro meses después debatir en un
Consejo de Administración una sentencia firme de forma tan
esperpéntica y, mucho menos, prolongar en el tiempo un
proceso que genera intereses de demora, costas y gastos
innecesarios, en vez de pagar de una vez. Aquí, se han
estado cubriendo unos a otros y al final, con el dinero
público, se ha despilfarrado en un “culebrón” de ocho meses,
con declaraciones y comparecencias de prensa desde el
Gobierno y desde algún miembro de la oposición extemporánea,
ridícula y verdaderamente kafkiana. En este desaguisado con
el que no se estaba de acuerdo, nadie asume
responsabilidades: ni la directora, ni el abogado ni la
presidenta del Consejo de Administración. La conducta de
todos ellos ha supuesto a las arcas públicas la pérdida de
varios miles de euros, de los que ni siquiera se han pedido
daños y perjuicios al abogado. Curiosamente, la empresa
RTVCE que se ha resistido a pagar lo que decía el juez por
disconformidad, aunque no recurrió la sentencia, tampoco
exige responsabilidades a nadie. Este es el Gobierno que
tenemos y los dirigentes que no defienden el dinero público
como debieran.
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