El juzgado de instrucción 2 de Ceuta ha incoado diligencias
y se ha inhibido a favor del juzgado 6 de la ciudad respecto
a la denuncia del Comité René Cassin de abogados de
extranjería por la muerte de quince inmigrantes
subsaharianos en febrero pasado.El juzgado de instrucción 2,
en un auto, incoa diligencias por un delito contra el
ejercicio de los derechos cívicos pero, a la vez, constata
que la base de datos judicial recoge que esos sucesos ya
están siendo investigados por el juez de instrucción 6 de la
ciudad, a quien remite las actuaciones.
El Comité René Cassin, integrado por abogados andaluces y
ceutíes, imputa a las autoridades políticas o
administrativas españolas por no haber ofrecido a los 23
subsaharianos que llegaron a territorio español el 6 de
febrero la oportunidad de “solicitar protección
internacional o refugio” ni la posibilidad de “exponer de
qué país procedían para aplicar, en su caso, el principio de
no devolución”. Los cadáveres de otros quince inmigrantes
fueron localizados en distintas playas, algunas de ellas de
Ceuta.
La querella criminal afirmó que los hechos “son
constitutivos, en principio, de un delito de impedir a una
persona el ejercicio de derechos cívicos reconocidos por la
Constitución y las leyes”.
“Las autoridades públicas están obligadas a conocer y
cumplir con lo dispuesto en las leyes españolas e
internacionales y de la UE sobre el asilo y refugio, la
protección internacional y el derecho a la no devolución”,
sostienen.
La actitud ante los 23 inmigrantes vulneró, presuntamente,
la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, el Pacto
Europeo sobre Inmigración y Asilo, la Directiva 2008 del
Parlamento Europeo, la Constitución española, la Convención
sobre el Estatuto de los Refugiados de Ginebra, la
Convención de la ONU contra la Tortura y otros Tratos
Degradantes y el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El juzgado número 2, en su auto, recoge que es procedente
incoar diligencias previas “para averiguar y hacer constar
la perpetración de la infracción penal, las circunstancias
que puedan influir en su calificación y la culpabilidad de
las personas responsables”.
Todo ello “asegurando su disponibilidad a resultas de esta
causa y las responsabilidades pecuniarias que se deriven”,
según el auto.
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