El azote social de la crisis por la que estamos atravesando
se ha cebado especialmente con el empleo. La decadencia del
sistema productivo moderno ha provocado que se alcancen
cuotas de record en las listas de los desempleados
españoles. Por ello, nuestros gobernantes han izado a la
primera prioridad las políticas encaminadas a dinamizar el
mercado laboral a toda costa.
El contrato se formaliza a tres bandas: empresario,
trabajador y centro de formación y tiene 100% bonificado las
cotizaciones a la Seguridad Social con cargo a la empresa y
al trabajador, y el coste de la formación, o sea, a COSTE
CERO, menos la retribución del trabajador, se puede contar
con nuevo personal en las empresas.
Entre estas medidas destaca la regulación de los Contratos
para la Formación y el Aprendizaje, una excelente
herramienta que combina el desarrollo de una actividad
profesional con la formación específica para el puesto de
trabajo concreto. Una nueva forma de facilitar a los
empresarios la contratación de nuevos trabajadores que, a la
vez que trabajan, se forman en una profesión concreta y
acorde con el puesto de trabajo.
Este tipo de contrato debe tener una duración mínima de un
año y máxima de tres años. Durante el primer año el
trabajador dedica el 75% del tiempo al desarrollo de su
trabajo efectivo y el 25% restante a realizar los cursos de
formación que se integran en el contrato, es decir, 6 horas
de trabajo efectivo por dos horas de formación al día.
Durante el segundo y tercer año estos porcentajes se
modifican pasando al 85% de trabajo efectivo y 15% de horas
de formación.
Los principales beneficiarios son los jóvenes de entre 16 y
30 años, además de los componentes de los llamados grupos en
riesgo de exclusión social, es decir, los discapacitados sin
límite de edad y los mayores de 45 años en sus distintas
modalidades de inscripción en las listas del SEPE: parados
de larga duración o no.
Además, para el empresario supone otro importante ahorro el
que la retribución del trabajador esté ajustada al número de
horas de trabajo efectivo del mismo, es decir a la seis
horas diarias durante el primer año y a las siete horas
durante el segundo y tercer año. Por su parte, si al final
del período contratado el empresario decide hacer al
trabajador fijo, obtiene de forma adicional una bonificación
directa en las cuotas a abonar a la Seguridad Social de
1.500 €/año, durante tres años más por cada trabajador
varón, y 1.800 € si se tratase de una trabajadora.
Y por si estas circunstancias fueran poco atractivas,
debemos añadirle a este tipo de contratos que, además,
pueden ser subvencionados por otro tipo de iniciativas
públicas, como en nuestro caso concreto serían los programas
de fomento de empleo administrados por PROCESA.
Toda una apuesta por el fomento del empleo para los jóvenes
y los colectivos en riesgo de exclusión social que pretende
conseguir, en breve, unos magníficos resultados. Desde estos
momentos ningún empresario / empleador debe plantearse
contratar un nuevo trabajador sin haber estudiado
previamente la posibilidad de hacerlo mediante esta
modalidad del Contrato para la Formación y el Aprendizaje
que le supone un importante ahorro anual en sus costes de
personal, además de obtener los beneficios de una formación
especializada a coste cero.
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