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sociedad - JUEVES, 10 DE ABRIL DE 2014

 

laboral

El juez reconoce a un trabajador del Tryp horario de conciliación familiar

CEUTA
Antonio García

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El titular del Juzgado de los Social número Uno de Ceuta ha reconocido en una sentencia dictada el pasado 17 de marzo y dada a conocer a las parte ahora el derecho de un trabajador del hotel Tryp a disfrutar de un horario para la conciliación de la vida familiar.

Según se explica en la sentencia, el citado juzgado admitió la demanda presentada contra la empresa Puerta de Africa SA (Hotel Tryp Ceuta) en la que solicitaba una jornada completa en horario de 09.00 a 17.00 horas ininterrumpidamente con el objeto de conciliar su vida familiar y cuidar de sus hijos menores.

Así, el trabajador hasta el 15 de junio de 2009 venía realizando su trabajo en jornada partida con horario de 09.00 a 14.00 y de 16.00 a 19.00 horas. En la fecha mencionada solicitó la reducción de una hora por guarda legal.

Posteriormente, el trabajador solicitó volver a producir en jornada de ocho horas, aunque en el horario de 09.00 a 17.00 horas, a lo que la empresa contesta que su jornada laboral de 8 horas se desarrollará en horario de 09.00 a 14.00 horas, por la mañana, y de 16.00 a 19.00 horas, por la tarde.

Así las cosa y tras la celebración del juicio, la autoridad judicial manifiesta en su fallo que estima la demanda presentada por el trabajador del hotel, declarando el derecho del mismo a una jornada laboral comprendida entre las 09.00 a las 17.00 horas, condenando a las partes a pasar por tal declaración.
 

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