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sociedad - MIÉRCOLES, 9 DE ABRIL DE 2014


reunión de la Mesa Negociadora. ep.

nombramientos
 

Los sindicatos rechazan adjudicar puestos por libre designación

Los representantes de las centrales sindicales
argumentan la excepcionalidad del sistema para oponerse a los 29 puestos de trabajo en la Mesa Negociadora
 

CEUTA
Antonio García

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La dirección del Personal y Recursos Humanos de la Ciudad Autónoma ha tomado buena nota del posicionamiento de las centrales sindicales sobre la propuesta de la intención de adjudicar veintinueve puestos de personal directivo, veintisiete para funcionarios y dos para personal laboral, por el sistema de libre designación.

Los responsables técnicos de esta parcela de la Ciudad la han oído de boca de los representantes sindicales, que han dejado claro que se oponen totalmente a que se utilice este procedimiento en el transcurso de la reunión de la Mesa Negociadora llevada a cabo esta mañana.

Sin duda, era el punto quinto del orden del día, relativo a la propuesta de formas de provisión de puestos de trabajo, el que más polémica podía suscitar, como así sucedió.

Tal y como había publicado este periódico en su edición del lunes, los sindicatos hicieron ver a los responsables de Recursos Humanos que, tal y como dice el artículo 41 del Reglamento de la RPT, la utilización del sistema de libre designación para la adjudicación de puestos de trabajo, que no de plazas, es una medida de carácter excepcional, por lo que los representantes sindicales, compartiendo esta tesis, manifestaron que en la documentación que se le había entregado por partes de Recursos Humanos para la reunión celebrada ayer sólo se había incluido una relación con los puestos a cubrir por funcionarios y laborales por el mencionado sistema sin que se explicase la excepcionalidad de la medida.

Ante ello, uno de los representantes de las centrales sindicales, que fue el que realizó la exposición que fue aceptada por el resto, alegó que se echaba en falta la justificación de la excepcionalidad de la medida, así como que se iban a oponer a todos los puestos contenidos en la mencionada relación.

Contemplado en el Reglamento de la RPT

Para justificar su posicionamiento, el representante sindical explicó que todo lo manifestado viene contemplado en el mencionado Reglamento, por lo que no se entiende la actitud cuando puede ir en contra de los establecido en el acuerdo plenario del pasado 6 de febrero.

Ciertamente esto es así y para comprobarlo solo basta con mirar el artículo 41 del mencionado Reglamento en el que se dice que la libre designación constituye un sistema excepcional de provisión de los puestos de trabajo, mediante el que la designación del empleado o empleada municipal para el puesto que trate de proveer, se realiza de forma discrecional, de entre los o las que cumplan los requisitos de desempeño del puesto previsto en la relación y lo que marque el Acuerdo Regulador/Convenio Colectivo en esa materia.

Ante la situación planteada y compartida por las centrales sindicales, los responsables de la Dirección General de Recursos Humanos han tomado buena nota, argumentando que trasladarán la postura puesta de manifiesto en le reunión de la Mesa Negociadora de ayer al consejero de Economía, Hacienda y Recursos Humanos y que posteriormente se pondrán en contacto con los representantes sindicales para darles a conocer el posicionamiento que la Consejería tomará al respecto.

Otra cuestión importante en este sentido es que el sistema de libre designación también comporta un concurso, estando obligada la Administración a publicar los puestos en el BOCCE con la descripción, denominación y retribución del puesto de trabajo, así como el complemento de productividad, si lo tuviesen asignado. El anuncio también tendrá que contener, en su caso, especificaciones derivadas de la naturaleza de las funciones del puesto.

Tras esta reunión, las espadas están en alto y la pelota en el tejado de la Administración.
 

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